Regulaciones de la UE en Materia Civil, Mercantil y Sucesiones: Competencia, Ley Aplicable y Ejecución

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,24 KB

Tabla Resumen de Reglamentos Europeos

MateriaReglamentoSector que regulaÁmbito de aplicación materialÁmbito de aplicación territorialÁmbito de aplicación temporal

Civil y Mercantil

Contractual y Extracontractual

Reglamento 1215/2012 (Bruselas I bis): Regula la competencia judicial internacional y el reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil o mercantil.

Regula:

  • Competencia Judicial Internacional (CJI)
  • Reconocimiento y ejecución de las resoluciones judiciales en materia civil y mercantil
Materias civil y mercantil.Los tribunales de todos los estados de la UE, incluida Dinamarca.Acciones ejercitadas con posterioridad al 10 de enero de 2015, con independencia de cuándo ocurrieron los hechos (si es antes se aplica el 44/2001).

Reglamento 593/2008, sobre ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I).

Regula:

Derecho aplicable (erga omnes).

Obligaciones contractuales en materia civil y mercantil que impliquen un conflicto de leyes.Estados miembros (EM), excepto Dinamarca.Se aplica a los contratos celebrados a partir del 17 de diciembre de 2009.

Reglamento 864/2007, relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales (Roma II).

Regula:

Derecho aplicable (erga omnes).

Obligaciones extracontractuales en materia civil y mercantil que impliquen un conflicto de leyes.EM, excepto Dinamarca.Se aplica a los hechos generadores de daños que se produzcan después de su entrada en vigor, el 11 de enero de 2009.
Sucesiones

Reglamento 650/2012 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo.

Regula:

  • CJI.
  • Derecho aplicable (erga omnes).
  • Reconocimiento y ejecución.

Sucesiones por causa de muerte:

Cualquier transmisión mortis causa, derechos y obligaciones que deriven de un acto voluntario o de una sucesión abintestato.

Todos los EM, excepto Dinamarca, Reino Unido (UK) e Irlanda.Se aplicará a la sucesión de las personas que fallezcan el 17 de agosto de 2015 o después de esta fecha.

Entradas relacionadas: