Relaciones de Poder, Posesión y Tenencia en el Derecho Real

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Relaciones de Poder en el Código de Vélez

1. Relaciones de Poder

Las relaciones de poder en el Código de Vélez eran llamadas reales, mientras que hoy se denominan relaciones de poder.

2. Tipos de Relaciones

Existen dos tipos de relaciones:

A) Relaciones de Derecho

Requieren título y modo. Otorgan el ius possidendi (derecho a poseer).

B) Relaciones de Hecho

(relaciones de poder, no requiere titulo, esta basado en el hecho que son la posesion y la tenencia). Otorgan el IUS POSISIONI (Dcho a defender la posesion).

3- Dos teorías: A) Savigny (teoría subjetiva): La posesion tiene dos elementos CORPUS (tenes el cuerpo de la cosa) y ANIMUS DOMINI (intencion de comportarse como propietario). Es subjetiva porque la intencion de ser dueño no se puede ver. Savigny sostuvo q esta intencion se demuestra a traves de los ACTOS POSESORIOS.
B) Ihering (Teorina objetiva): Critica la teoria subjetiva ya que para demostrar el animus habria que penetrar la mente de las personas. Para el existia un solo elemento, el CORPUS, y el animus ya viene con el, ya q si tenes la cosa tenes ganas de tenerlo.


4-POSESION: cuando una persona, x si o x medio de otra ejerce un poder de hecho sobre una cosa, conportandose como titular de un dcho real, lo sea o no. (Para la posesion no es necesario demostrar titulo, el q posee posee pq posee). Corpus y animus.
-TENENCIA: Cuando una persona x si o x otro ejerce un poder de hecho sobre una cosa y se comporta como representante del poseedor. (ej; inquilino.) Se reconoce señorio en otro, hay corpus pero no hay animus.


6- Nat Juridica: A) Savigny: la posesion es un hecho q puede llegar a tener consecuencias juridicas (Ej. Usucapion, puede llegar a obtener d. real.)
B) Ihering: El dcho es el interes juridicamente protegido, y la posesion esta juridicamente protegida, por lo tanto es un dcho.
+Velez tomo la postura de Savigny , posesion como un HECHO.


7- A) es el contenido de los D.reales. B) sirve para la usucapion. c) funcion publicitaria (se supone que quien tiene la posesion es el dueño de la cosa.


10- a) LEGITIMAS: ejercicio de un d.real conforme a las disposiciones de codigo, es decir, titulo y modo suficientes. Tienen el IUS POSIDENDI.
B)ILEGITIMAS: consecuencia de la adquisicion de un d.real sin ajustarse a los requerimietnos del ord. legal. 1-titulo nulo o anulable 2-el q no tiene titulo suficiente. 3- el q no tiene titulo. 4-el q tiene titulo derivado de una persona q no tenia el d. a transmitirlo. 5- el q no tiene modo.

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