Renacimiento y Humanismo Jurídico: Transformaciones Legales y Culturales

Clasificado en Francés

Escrito el en español con un tamaño de 2,91 KB

Renacimiento y Humanismo Jurídico

El ius commune perduró hasta finales del siglo XVIII. El Renacimiento (siglos XV-XVI) marcó un periodo de profundos cambios, que culminarían en la Codificación y el constitucionalismo del siglo XVIII.

El Humanismo Jurídico

Para la cultura jurídica, el Humanismo tuvo una gran importancia, implicando una crítica a la cultura jurídica medieval. Los juristas del Renacimiento son conocidos por la práctica del Mos Gallicus, un método innovador para el estudio del derecho. Además, nos revela aspectos importantes. Bolonia está en Italia.

El Renacimiento, desde el punto de vista jurídico, tuvo más importancia en Francia y apareció también en los países de Centroeuropa.

Humanismo significa poner al hombre en el centro; el saber se hace a la medida del hombre. Imagina al hombre de Leonardo da Vinci.

Significa que el ser humano está en el mundo para saber y conocer, lo cual es la esencia del humanismo. Nos gusta conocernos: “conócete a ti mismo”.

El programa de conocimiento humanista busca saber más del hombre. Implicó una crítica al Mos Italicus (se les criticaba por no ser sabios ni suficientemente cultos, por desconocer que detrás de los romanos estaban los griegos, y por su falta de conocimiento del griego y del derecho romano original).

La Imprenta: Una Revolución Cultural y Jurídica

La imprenta fue inventada por los alemanes y se difundió rápidamente. Alemanes e italianos montaron imprentas en diversas regiones. A América llegaría más tarde. Implicó un cambio comparable al de internet y el ordenador.

El libro impreso generó un mercado del conocimiento. Una cultura de manuscritos solo se encontraba en grandes bibliotecas pertenecientes a reyes. Antes del Renacimiento, la posesión de libros era un privilegio.

El libro impreso implicó una transmisión generalizada pero fiable. El libro no se equivoca, los manuscritos en cambio sí. El libro implicó cambios en la forma de estructurar la mente, permitió leer en silencio (en la Edad Media nadie leía en silencio). La imprenta permitió la capacidad de abstracción, implicó también la visualización, y con la imprenta se pueden hacer listas.

El derecho es reconducible a un sistema; el derecho no parte únicamente del caso concreto. El derecho es una materia que se puede sistematizar, lo que implica una abstracción sistemática.

Todos los juristas franceses, menos Gudino, eran protestantes franceses y, por lo tanto, hugonotes.

Entradas relacionadas: