La Repoblación Cristiana: Proceso, Modelos y Consecuencias en la Península Ibérica
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La Repoblación Cristiana: Definición y Contexto
La repoblación fue un proceso de colonización y puesta en explotación de las tierras de Al-Ándalus que habían sido reconquistadas por los reinos cristianos. Las modalidades de repoblación dependieron de la situación de las zonas ocupadas y fue posible gracias al aumento demográfico europeo experimentado entre los siglos XI y XIII.
Modelos de Repoblación
- Presura o aprisco: Se dio en el valle del Duero y el norte de Cataluña. Consistió en la ocupación de zonas despobladas y tuvo un carácter popular.
- Repoblación concejil: Entre el Duero y el Tajo, supuso la formación de ciudades amuralladas con una importante extensión de tierras.
- Núcleos de población nueva: En lugares donde se mantuvo a la población musulmana, se potenciaron nuevos núcleos, como ocurrió en Zaragoza.
- Órdenes Militares: En zonas peligrosas, como los valles del Guadiana, Turia y Júcar, la repoblación fue dirigida por estas instituciones.
- Repartimientos: En Andalucía, las tierras fueron repartidas entre la nobleza, las Órdenes Militares y la Iglesia.
Consecuencias en la Estructura de la Propiedad
Las consecuencias principales fueron la formación de grandes latifundios en el centro y sur de la Península, frente a las pequeñas y medianas propiedades predominantes en el norte. Esta estructura de la propiedad de la tierra se mantuvo, con ligeras modificaciones, hasta el siglo XIX.
Instrumentos Jurídicos: Cartas Pueblas y Fueros
Los documentos jurídicos básicos para organizar la repoblación fueron las cartas pueblas, donde figuraban las normas que regirían y los privilegios concedidos a los repobladores.
Cartas de población y fueros
En determinadas tierras de frontera se otorgaban cartas de población y fueros, que ofrecían ventajas y facilidades a quienes decidieran asentarse. En estos documentos se fijaban:
- Los límites de los términos.
- Las condiciones de acceso a la tierra.
- La concesión de franquicias.
- Normas básicas sobre la vida municipal.
Los fueros, que a veces incluyen la primitiva carta de población, son instrumentos jurídicos otorgados por los monarcas para regular la vida local. En Aragón, a partir de 1247, se produjo un proceso de unificación que dio lugar a los “Fueros de Aragón”, normas legales emanadas del Rey con las Cortes.