Requisitos de Cotización y Cálculo de la Incapacidad Permanente: Parcial y Total

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Incapacidad Permanente Parcial (IPP) para la Profesión Habitual

Beneficiarios y Requisitos de Cotización

Para acceder a la Incapacidad Permanente Parcial, se deben cumplir los siguientes requisitos de cotización:

  • Si la incapacidad deriva de enfermedad común: Es necesario tener cubierto un período previo de cotización de 1800 días en los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
  • Si la incapacidad deriva de accidente (sea o no laboral) o de enfermedad profesional: No se exige período previo de cotización.

Cuantía de la Prestación

  • La prestación consiste en una indemnización a tanto alzado.
  • La cuantía de la indemnización es igual a 24 mensualidades de la base reguladora.
  • La base reguladora utilizada es la que sirvió para el cálculo del subsidio de incapacidad temporal del que se deriva la incapacidad permanente (generalmente, la base de cotización del mes anterior).

Incapacidad Permanente Total (IPT) para la Profesión Habitual

Requisitos de Cotización si la Incapacidad Deriva de Enfermedad Común

Si la incapacidad permanente total deriva de una enfermedad común, el período de cotización exigido varía en función de la edad del interesado:

A. Si el interesado es menor de 31 años de edad

  • Período genérico de cotización: Un número de años cotizados transcurridos entre la fecha en que cumplió los 16 años y la del hecho causante.
  • Período específico de cotización: No se exige.

B. Si el interesado tiene 31 o más años de edad

  • Período genérico de cotización: Un número de años cotizados transcurridos entre la fecha en que cumplió los 20 años y la del hecho causante, con un mínimo de 5 años.
  • Período específico de cotización: Un quinto (1/5) del período de cotización exigible debe estar comprendido en uno de los siguientes supuestos:
    1. En los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
    2. O en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha en que cesó la obligación de cotizar (si se accede a la pensión desde una situación de alta o asimilada, sin obligación de cotizar).

Cálculo de la Base Reguladora (Enfermedad Común)

El cálculo de la base reguladora será diferente según la causa que origine la incapacidad permanente. Si la incapacidad deriva de enfermedad común, la determinación de la base reguladora está ligada a los períodos genérico y específico de cotización. En los últimos años, las cantidades y los períodos de cotización considerados para el cálculo varían según la normativa vigente.

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