Requisitos Esenciales de las Actas de Liquidación en la Seguridad Social Española
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Práctica de Actas de Liquidación en la Seguridad Social
Requisitos según el Artículo 32 del RD 928/1998 (RPS)
Las actas de liquidación deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Determinación del Régimen de Seguridad Social aplicable.
- Identificación del Sujeto Responsable:
- Nombre y apellidos o razón social.
- Domicilio y actividad.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Código de Cuenta de Cotización (CCC) en la Seguridad Social.
- En su caso, Número de Identificación del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Estos datos podrán exceptuarse si la empresa no está regularmente constituida o inscrita.
- Si se identifica un presunto responsable solidario o subsidiario, se hará constar, indicando el motivo y los datos mencionados anteriormente.
- Hechos Comprobados y Fundamentación Legal:
- Descripción precisa de los hechos que motivan la liquidación.
- Elementos de convicción utilizados en la inspección.
- Medios empleados para el esclarecimiento de los hechos.
- Disposiciones infringidas, con expresión del precepto o preceptos vulnerados.
- Los hechos consignados gozan de presunción de certeza, salvo prueba en contrario.
- Cálculo del Débito:
- Período de descubierto.
- Relación nominal y grupo de cotización de los trabajadores afectados.
- Alternativamente, referencias a declaraciones oficiales del responsable o relaciones nominales y de datos facilitadas.
- Bases y tipos de cotización aplicados.
- Otros datos relevantes para el cálculo.
- Importe de la Liquidación:
- Importe principal del débito.
- Recargo de mora aplicable.
- Total a pagar (débito + recargo).
- Entidad Aseguradora: Indicación de la entidad con la que se tiene concertada la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Concurrencia con Acta de Infracción: Indicación de si, por los mismos hechos, se levanta o no acta de infracción.
- Identificación y Firma del Funcionario: Nombre y firma del funcionario que extiende el acta.
- Posibilidad de Alegaciones: Indicación expresa de la posibilidad de presentar alegaciones ante el Jefe de la Unidad de Inspección especializada en Seguridad Social, adjuntando las pruebas pertinentes.
- Fecha del Acta: Fecha en la que se emite el acta de liquidación.