Requisitos Formales del Convenio Colectivo
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Forma Escrita
El art. 90.1 LET establece la forma escrita como un requisito indispensable para la validez del convenio.
Registro y Depósito
El art. 90.2 LET regula la presentación de los convenios ante la Autoridad Laboral, su registro y depósito. El Registro es público y en él deben inscribirse no solo el texto final de los convenios, sino también otros documentos relevantes como escritos de iniciativa, denuncias, acuerdos de adhesión, etc.
Trámite de Registro y Depósito:
- El plazo para presentar la solicitud electrónica ante la autoridad laboral competente es de 15 días a partir de la firma del convenio. No existe un plazo específico para la firma del convenio una vez finalizadas las negociaciones.
- La presentación de la solicitud puede realizarla cualquier persona, pero debe estar firmada por la Comisión Negociadora o el Presidente. La solicitud debe incluir información sobre las partes firmantes, el ámbito de aplicación del convenio (personal, funcional, territorial y temporal) y la actividad económica a la que se refiere.
- Junto con la solicitud, se debe adjuntar el convenio firmado por todos los miembros de la comisión negociadora.
- La Autoridad Laboral competente para la presentación varía según el ámbito del convenio: la Dirección General de Trabajo para convenios de ámbito estatal, o las Autoridades Laborales de las Comunidades Autónomas para convenios de ámbito autonómico.
Publicación
El art. 90.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET) establece la obligatoriedad de publicar el convenio en el diario oficial correspondiente a su ámbito de aplicación.
En el plazo máximo de 20 días desde la presentación del convenio en el registro se dispondrá por la autoridad laboral su publicación obligatoria y gratuita en el "BOE" o, en función del ámbito territorial del mismo, en el "BOCA" o en el "BO" de la provincia correspondiente.
Control de Legalidad
Según el art. 90.5 del ET, la Autoridad Laboral puede dirigirse a la Jurisdicción competente si detecta alguna ilegalidad en el contenido del convenio. El control de legalidad es un requisito previo al registro, depósito y publicación del convenio.