Requisitos y Normativa de Facturación: Todo lo que Debes Saber

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La Factura: Concepto y Requisitos Legales

La factura es un documento de carácter mercantil que refleja la compraventa de un bien o la prestación de un servicio determinado.

Datos obligatorios en la factura

  • Número y, en su caso, serie.
  • Fecha de expedición.
  • Fecha de realización de la operación documentada.
  • NIF, nombre y apellidos o denominación social.
  • Domicilio del expedidor y del destinatario.
  • Descripción de las operaciones y datos necesarios para la determinación de la base imponible.
  • Tipo o tipos impositivos.
  • Cuota tributaria.
  • Sede de actividad o establecimiento al que se refieran las operaciones.

Otros datos de interés

  • Moneda: Puede expresarse en cualquier moneda, aunque la cuota del IVA debe figurar en euros.
  • Lengua: Se permite cualquier idioma, aunque la Administración puede exigir una traducción.
  • Firma y localidad: No es necesario incluir ni firma ni localidad de expedición.
  • Medios de expedición: Puede realizarse en papel o por medios electrónicos.

Tipos de Facturas

  • Factura simplificada: Sustituye a los antiguos tiques. Se aplica cuando el importe no excede de 400€ (IVA incluido), cuando deba expedirse una factura rectificada, o cuando su importe no exceda de 3.000€ en operaciones conjuntas.
  • Factura electrónica: Documento equivalente a la factura en papel, transmitido telemáticamente. Requiere el consentimiento del destinatario y debe estar firmada para tener validez legal.
  • Factura recapitulativa: Reúne diferentes operaciones de compra o venta realizadas con un mismo cliente. Deben expedirse, como máximo, el último día del mes natural en el que se realizaron dichas operaciones.

Plazos de Expedición y Conservación

Plazos de expedición

  • Destinatario particular: En el momento de realizarse la operación.
  • Destinatario empresario o profesional: Antes del día 16 del mes siguiente a la fecha en que se consideran entregados los bienes o servicios.
  • Facturas recapitulativas: Si el destinatario es empresario, antes del día 16 del mes siguiente; si no lo es, el último día del mes natural.

Conservación de facturas

Los empresarios y profesionales deben conservar las facturas recibidas y las copias de las expedidas:

  • Normativa mercantil: Durante 6 años a partir del último asiento realizado.
  • Normativa fiscal: 4 años desde la presentación de la declaración.

Aspectos Especiales en la Facturación

  • Descuentos: Pueden ser comerciales, por volumen (rápel) o por pronto pago.
  • Servicios prestados por autónomos: Los empresarios deben cargar el IVA y practicar retenciones a cuenta del IRPF sobre los rendimientos íntegros del trabajo.
  • Gastos suplidos y provisiones de fondos: Pagos realizados por un profesional por cuenta de un cliente, quien posteriormente asumirá dicho importe.
  • Rectificación de facturas: Se realiza cuando no se cumplen los requisitos legales, por error en las cuotas repercutidas o por modificación de la base imponible. Se emite una nueva factura. No es necesario rectificar en caso de devolución de mercancías o envases.

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