Requisitos y Normativa de Facturación: Todo lo que Debes Saber
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La Factura: Concepto y Requisitos Legales
La factura es un documento de carácter mercantil que refleja la compraventa de un bien o la prestación de un servicio determinado.
Datos obligatorios en la factura
- Número y, en su caso, serie.
- Fecha de expedición.
- Fecha de realización de la operación documentada.
- NIF, nombre y apellidos o denominación social.
- Domicilio del expedidor y del destinatario.
- Descripción de las operaciones y datos necesarios para la determinación de la base imponible.
- Tipo o tipos impositivos.
- Cuota tributaria.
- Sede de actividad o establecimiento al que se refieran las operaciones.
Otros datos de interés
- Moneda: Puede expresarse en cualquier moneda, aunque la cuota del IVA debe figurar en euros.
- Lengua: Se permite cualquier idioma, aunque la Administración puede exigir una traducción.
- Firma y localidad: No es necesario incluir ni firma ni localidad de expedición.
- Medios de expedición: Puede realizarse en papel o por medios electrónicos.
Tipos de Facturas
- Factura simplificada: Sustituye a los antiguos tiques. Se aplica cuando el importe no excede de 400€ (IVA incluido), cuando deba expedirse una factura rectificada, o cuando su importe no exceda de 3.000€ en operaciones conjuntas.
- Factura electrónica: Documento equivalente a la factura en papel, transmitido telemáticamente. Requiere el consentimiento del destinatario y debe estar firmada para tener validez legal.
- Factura recapitulativa: Reúne diferentes operaciones de compra o venta realizadas con un mismo cliente. Deben expedirse, como máximo, el último día del mes natural en el que se realizaron dichas operaciones.
Plazos de Expedición y Conservación
Plazos de expedición
- Destinatario particular: En el momento de realizarse la operación.
- Destinatario empresario o profesional: Antes del día 16 del mes siguiente a la fecha en que se consideran entregados los bienes o servicios.
- Facturas recapitulativas: Si el destinatario es empresario, antes del día 16 del mes siguiente; si no lo es, el último día del mes natural.
Conservación de facturas
Los empresarios y profesionales deben conservar las facturas recibidas y las copias de las expedidas:
- Normativa mercantil: Durante 6 años a partir del último asiento realizado.
- Normativa fiscal: 4 años desde la presentación de la declaración.
Aspectos Especiales en la Facturación
- Descuentos: Pueden ser comerciales, por volumen (rápel) o por pronto pago.
- Servicios prestados por autónomos: Los empresarios deben cargar el IVA y practicar retenciones a cuenta del IRPF sobre los rendimientos íntegros del trabajo.
- Gastos suplidos y provisiones de fondos: Pagos realizados por un profesional por cuenta de un cliente, quien posteriormente asumirá dicho importe.
- Rectificación de facturas: Se realiza cuando no se cumplen los requisitos legales, por error en las cuotas repercutidas o por modificación de la base imponible. Se emite una nueva factura. No es necesario rectificar en caso de devolución de mercancías o envases.