Requisitos y Presentación de la Demanda en el Proceso Laboral: Aspectos Clave

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Requisitos de la Demanda en el Proceso Laboral

4. La Súplica

La súplica, en los términos adecuados al contenido de la pretensión ejercitada, es la petición de tutela que se solicita al juez. Debe ser clara, precisa y referirse a los hechos que constituyen la causa petendi. La súplica contiene el objeto inmediato de la pretensión, que debe estar correctamente determinado. Cuando en la súplica sean varias las pretensiones o pronunciamientos que se piden al juez:

  • Pretensiones con carácter principal: se expresarán con la debida separación.
  • Pretensiones con carácter eventual o subsidiario: se harán constar por su orden y separadamente.

Se puede pedir una tutela judicial de condena, imponiendo al demandado el cumplimiento de una prestación a su cargo de dar, hacer o no hacer alguna cosa en relación con los hechos objeto de la pretensión y el derecho que lo fundamenta.

La tutela declarativa pura o meramente declarativa se admite en el proceso laboral para pedir, solicitar o constatar la existencia o no de un derecho, situación o relación jurídica preexistente sobre el que se tiene un interés concreto, efectivo y actual. Por esta, se solicita al juez que declare la existencia del derecho o situación jurídica. Debe existir un conflicto real y actual entre las partes.

Las tutelas o pretensiones constitutivas se refieren a la posibilidad de que el juez cree, modifique o extinga una relación, situación, negocio o acto jurídico que produzca consecuencias jurídicas, ya que una de las partes, que tiene derecho a la creación, modificación o extinción, no puede imponerlo y debe recurrir al juez para su efectividad.

5. Fecha y Firma de la Demanda

La demanda deberá contener la fecha y la firma. La fecha carece de efectos jurídicos (la fecha trascendente es el día y la hora de la presentación), mientras que la omisión de la firma constituye un requisito subsanable y permite imputar su autoría al demandante.

Además de los requisitos exigidos, la demanda puede contener otros mediante la fórmula de “otrosí digo”, que pueden tener carácter obligatorio o voluntario. Hay que tener en cuenta que estos requisitos de la demanda pueden ser complementados por otros adicionales por aplicación de las reglas que regulan las modalidades procesales o procesos especiales.

Documentos y Copias que Acompañan a la Demanda

De la demanda y documentos que la acompañen, el actor presentará tantas copias como demandados y demás interesados haya en el proceso, y para el Ministerio Fiscal, en los casos en que legalmente deba intervenir. Además, la parte demandante deberá aportar poder de representación o “apud acta” si actúa a través de representación. Si la representación la lleva a cabo el sindicato, deberá acreditar la condición de afiliado del trabajador y la existencia de la comunicación a este de su voluntad de iniciar el proceso.

También deberá incluir la documentación justificativa de haber intentado la previa conciliación o mediación, o de haber transcurrido el plazo exigible para su realización sin que se hubiesen celebrado, o del agotamiento de la vía administrativa.

Presentación de la Demanda

La demanda, los documentos y demás escritos se presentarán en los Registros de los servicios comunes de la oficina judicial adscrita a los Juzgados y Salas de lo Social. De la presentación de los escritos se dejará constancia mediante la correspondiente diligencia del día y la hora de la presentación, y se dará al interesado recibo con tal indicación o se le sellará la copia.

La presentación se realizará obligatoriamente por los profesionales de la justicia a través de los medios telemáticos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).

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