Requisitos y Responsabilidad de las Formas Jurídicas Empresariales: SA, SL y Autónomos

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El Empresario Individual (Autónomo)

Mínimo de **una persona** para empezar. El **capital inicial** es indiferente.
La **responsabilidad** es **ilimitada**; si el autónomo tiene una deuda y no puede pagarla, se le cobrará mediante sus bienes personales.
Se requiere ser **mayor de 18 años** para ejercer como autónomo.

La Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

El **capital mínimo** requerido es de **3.000 euros**. Se precisa un mínimo de **un socio**.
Esta modalidad es apropiada para la **pequeña y mediana empresa** (PYME), con socios perfectamente identificados.
La **responsabilidad** de los socios por las deudas sociales está **limitada** a las aportaciones de capital. Los socios tienen libertad en la denominación social.
La S.R.L. tributa mediante el **Impuesto de Sociedades**.

La Sociedad Anónima (S.A.)

Requisitos de Capital y Tributación

El **capital mínimo** no será inferior a **60.000 euros**.
La **responsabilidad** en la Sociedad Anónima es **limitada** en función del capital aportado.
Una S.A. tributa mediante el **Impuesto de Sociedades**.

Requisitos de las Aportaciones Dinerarias

Deben establecerse en **moneda nacional**. Si la aportación es en moneda extranjera, se determinará su equivalencia en euros con arreglo a la Ley.

Características Fundamentales

  • Constitución formalizada mediante **escritura pública** y posterior **inscripción en el Registro Mercantil**.
  • Deben llevar un **libro de inventarios y cuentas anuales**, un diario y un **libro de actas** que recogerá todos los acuerdos adoptados por las juntas generales y especiales.

Derechos del Accionista

Los accionistas poseen los siguientes derechos:
  • Participar en el reparto de las **ganancias sociales** y en el patrimonio resultante de la liquidación.
  • Derecho de **suscripción preferente**, tanto en nuevas acciones emitidas como en obligaciones convertibles en acciones.
  • Asistir y votar en las **Juntas Generales** e impugnar acuerdos sociales.
  • Derecho a la **información**.

Legitimación del Accionista

Una vez entregados los títulos, la exhibición de los mismos será precisa para el ejercicio de los derechos del accionista, tratándose de **acciones nominativas**.

La Junta General de Accionistas

Es el órgano deliberante que expresa con sus acuerdos la **voluntad social**. Existen la junta general ordinaria y la junta extraordinaria.

Los Administradores: Funciones y Deberes

El administrador es el **órgano ejecutivo** encargado de la **gestión permanente** de la sociedad y de representarla en sus relaciones con terceros.
Los administradores pueden ser personas físicas o jurídicas y, a menos que los estatutos dispongan lo contrario, no se requiere que sean accionistas.
Sus facultades y deberes incluyen:
  • Convocar **juntas generales**.
  • Informar a los accionistas.
  • Formular y firmar **cuentas anuales**.
  • Depositar las cuentas en el **Registro Mercantil**.

La Comunidad de Bienes (C.B.)

Se precisa de un mínimo de **dos socios** para poder constituirla.
La **responsabilidad** es **ilimitada**.
Se rige por el **Código Civil** y el **Código de Comercio**.
Una Comunidad de Bienes es una asociación entre autónomos que se constituye cuando la propiedad de un bien o derecho pertenece a dos o más personas y forma parte de una **actividad empresarial realizada en común**.
No se requiere **capital mínimo** para constituirla.

La Sociedad Cooperativa

Cooperativas de Primer Grado

Se requiere un mínimo de **tres socios**. Sus socios son personas físicas o jurídicas.

Cooperativas de Segundo Grado

Tiene que haber un mínimo de **dos cooperativas** socias. Una cooperativa de segundo grado es aquella cuyos socios son otras cooperativas.

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