Requisitos de Seguridad en Lugares de Trabajo: Suelos, Puertas y Más
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Suelos, Desniveles y Barandillas
Los suelos de los locales de trabajo deberán ser fijos, estables y no resbaladizos, sin irregularidades ni pendientes peligrosas.
Los desniveles que supongan un riesgo de caída de personas se protegerán mediante barandillas.
Deberán protegerse:
- Las aberturas en los suelos.
- Las aberturas en paredes o tabiques, siempre que supongan un riesgo.
Los lados cerrados de las escaleras tendrán un pasamanos, a una altura mínima de 90 centímetros, si la anchura de la escalera es mayor de 1,2 metros; si es menor, pero ambos lados son cerrados, al menos uno de los dos llevará pasamanos.
Tabiques y Paredes
Los tabiques deberán estar claramente señalizados y fabricados con materiales seguros para impedir que los trabajadores puedan golpearse con ellos.
Los trabajadores deberán poder realizar de forma segura las operaciones de abertura y cierre de ventanas.
Vías de Circulación
Las vías de circulación de los lugares de trabajo deberán poder utilizarse de forma fácil y con total seguridad para los peatones o vehículos que circulen por ellas y para el personal que trabaja cerca.
La anchura mínima de las puertas exteriores y de los pasillos será de 80 centímetros y 1 metro, respectivamente.
Las vías de circulación destinadas a vehículos deberán pasar a una distancia suficiente de las puertas.
Se deberá señalizar las vías de circulación.
Puertas
Las puertas transparentes deberán tener una señalización a la altura de la vista.
Las puertas correderas deberán ir provistas de un sistema de seguridad que les impida salirse de los carriles y caerse.
Las puertas que se abran hacia arriba estarán dotadas de un sistema de seguridad que impida su caída.
En general, las puertas deberán funcionar sin riesgo para los trabajadores y tendrán dispositivos de parada de emergencia.
Las puertas de acceso a las escaleras no se abrirán directamente sobre sus escalones, sino sobre descansos de anchura al menos igual a la de aquellos.
Los portones destinados básicamente a la circulación de vehículos deberán poder ser utilizados por los peatones sin riesgos para su seguridad o disponer de una puerta cercana para tal fin.
Rampas
Los pavimentos de las rampas, escaleras y plataformas de trabajo serán de materiales no resbaladizos.
Las rampas tendrán una pendiente máxima del 12% cuando su longitud sea menor que 3 metros, del 10% si su longitud es menor que 10 metros o del 8% en el resto de los casos.
Escaleras
Las escaleras tendrán una anchura mínima de 1 metro, excepto en las de servicio, que será de 55 centímetros.
Los peldaños de una escalera tendrán las mismas dimensiones.
Los escalones de las escaleras que no sean de servicio tendrán una huella entre 23 y 36 cm y una contrahuella entre 13 y 20 cm.
Los escalones de las escaleras de servicio tendrán una huella mínima de 15 cm y una contrahuella máxima de 25 cm.
La altura máxima entre los descansos de las escaleras será de 3,7 metros.
La anchura mínima de las escalas fijas será de 40 cm y la distancia máxima entre peldaños será de 30 cm.
Puertas de Emergencia y Evacuación
Las puertas de emergencia deberán abrirse hacia el exterior y no deberán estar cerradas.
Las puertas situadas en los recorridos de las vías de evacuación deberán estar señalizadas de manera adecuada.
En caso de avería de la iluminación, las vías y salidas de evacuación que requieran iluminación deberán estar equipadas con iluminación de seguridad de suficiente intensidad.