Responsabilidad Administrativa del Empresario Incumplidor en Seguridad y Salud Laboral
Clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 2,14 KB
Responsabilidad Administrativa del Empresario Incumplidor
En la exigencia de responsabilidad administrativa al empresario incumplidor, rigen los siguientes principios:
- Principio de legalidad: La relación entre infracciones y sanciones debe establecerse en una norma de rango legal, al igual que quién puede sancionar y cómo.
- Principio de tipicidad: La norma legal debe especificar con claridad las infracciones, las sanciones y su graduación.
- Principio non bis in idem (concurrencia de sanciones): Impide sancionar dos veces la misma conducta de un mismo sujeto con el mismo fundamento, prohibiendo la acumulación de sanciones penales y administrativas.
- Principio de presunción de inocencia: Vigente en el derecho administrativo sancionador, implica que la sanción debe basarse en pruebas de cargo, la prueba debe corresponder a quien la impute, nadie está obligado a probar su inocencia, y en caso de insuficiencia de pruebas, se debe emitir un pronunciamiento absolutorio.
- Principio de irretroactividad: Se prohíbe la retroactividad de las normas sancionatorias.
- Principio de proporcionalidad: Exige graduar las infracciones y sanciones según la gravedad del hecho.
Infracciones y Sanciones
Se consideran infracciones las acciones u omisiones de los diferentes sujetos responsables que incumplan las normas legales, reglamentarias y cláusulas normativas de los convenios colectivos en materia de seguridad y salud en el trabajo. Se trata de una responsabilidad que sanciona conductas, no resultados. No es necesaria la presencia de daños (lesiones, enfermedades o muerte) para que surja esta responsabilidad administrativa, bastando con la existencia del riesgo de que se produzcan.
La responsabilidad administrativa es cuasi objetiva, la voluntariedad del empresario resulta irrelevante. Las sanciones administrativas consisten normalmente en sanciones económicas o multas, de cuantía variable según la gravedad de la infracción.