El Resultado Contable Empresarial y su Tratamiento Fiscal según el PGC 2007

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El resultado contable o beneficio de la empresa

No existe una única definición, aunque se podría definir como la variación de la riqueza neta de la empresa durante un período, sin considerar las aportaciones o reembolsos de sus propietarios. Es el resultado de la suma de ingresos y gastos (incrementos o disminuciones del patrimonio de la empresa) generados por causas diferentes a las operaciones con los propietarios.

Estados contables que informan sobre el Resultado:

  • Cuenta de Pérdidas y Ganancias
  • Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (según el PGC 2007)

Las correcciones: Diferencias entre contabilidad y fiscalidad

Estas diferencias surgen al comparar los resultados según criterios contables y fiscales, específicamente entre la base imponible y el resultado contable antes de impuestos.

Diferencias permanentes

Son aquellas producidas entre la base imponible y el resultado contable antes de impuestos que no revierten en períodos subsiguientes.

Tipos de diferencias permanentes:

  • Positivas: Son aumentos en el resultado contable para obtener la base imponible.
    • Ejemplos: multas, sanciones, liberalidades, gastos sin factura.
  • Negativas: Son disminuciones en el resultado contable para obtener la base imponible.
    • Ejemplos: exceso de provisión contabilizada, exceso de amortización contabilizada.

Diferencias temporales

Son aquellas existentes entre la base imponible y el resultado contable antes de impuestos con origen en criterios de imputación temporal diferente. Estas sí revierten en períodos subsiguientes.

Tipos de diferencias temporales:

  • Positivas: Provocan un ajuste positivo en el ejercicio en que nacen. En el ejercicio en el que revierten, provocarán ajustes negativos.
    • Ejemplo: Cuando la amortización contable de un activo es más rápida (menos tiempo) que la fiscal (más tiempo).
  • Negativas: Provocan un ajuste negativo en el ejercicio en el que nacen. En el ejercicio en el que revierten, el ajuste será positivo.
    • Ejemplo: Cuando la amortización contable de un activo es más lenta (más tiempo) que la fiscal (menos tiempo).

Criterio de contabilización del Impuesto sobre Sociedades (IS) según el PGC 2007

El método del efecto impositivo

El impuesto es un gasto que se reconocerá según el criterio de devengo, correlacionándolo con las demás partidas contables. Se obliga a considerar las diferencias que puedan existir entre contabilidad y fiscalidad (denominadas “diferencias en el tiempo”).

Principales cuentas del PGC 2007 para la contabilización del IS

Impuesto corriente

Pasivos fiscales corrientes:

  • 4752 “Hacienda Pública, acreedora por Impuesto de Sociedades”

Activos fiscales corrientes:

  • 4709 “Hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos”
  • 473 “Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta”

Impuesto diferido

Pasivos fiscales no corrientes:

  • 479 “Pasivos por diferencias temporarias imponibles”

Activos fiscales no corrientes:

  • 474 “Activos por impuesto diferido” (cuenta con desglose a 4 dígitos)

Separación entre “Impuesto Corriente” e “Impuesto Diferido

Impuesto corriente

Está relacionado directamente con la declaración-liquidación del impuesto. Según el resultado de la misma, surgirá un pasivo o un activo por impuesto corriente a corto plazo (y, consecuentemente, un gasto o ingreso).

Impuesto diferido

Está relacionado con la contabilización del efecto impositivo. En su contabilización se reconocen y/o extinguen pasivos/activos por impuesto diferido a largo plazo (de ahí surge el gasto o ingreso).

Marco contable del “Impuesto Corriente” e “Impuesto Diferido

Impuesto corriente

Deriva del movimiento de los pasivos y activos corrientes.

Cuentas asociadas:

  • 6300: Si el gasto/ingreso va al Resultado del ejercicio.
  • 8300: Si el gasto/ingreso va directamente al patrimonio neto.

Impuesto diferido

Deriva del reconocimiento y cancelación de pasivos y activos no corrientes.

Cuentas asociadas:

  • 6301: Si la contrapartida del reconocimiento o cancelación es el resultado del ejercicio.
  • 8301: Si la contrapartida del reconocimiento o cancelación es directamente el patrimonio neto.

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