Riesgos de inversión en títulos de deuda emitidos en euros por una empresa tecnológica internacional

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Quieren vendernos unos títulos de deuda emitidos en euros por una empresa tecnológica internacional

Nos aseguran que se trata de una inversión sin ningún riesgo, dado que su calificación de rating es BBB. Considerando que en este momento los tipos de interés tienden al alza, emite un informe sobre la veracidad de esta afirmación.

La emisión que nos proponen tiene un doble riesgo: de crédito y de tipo de interés:

  • Al tratarse de títulos calificados como BBB por Standard & Poor´s gozan de un nivel medio de seguridad; por tanto, están sometidos a un moderado riesgo de impago.
  • Por otro lado, si los tipos de interés tienen una tendencia alcista, el valor efectivo de dichos títulos previsiblemente descenderá en el mercado secundario (los nuevos se emiten a mayores tipos).

Además, si la emisora no es de máxima solvencia, un incremento de tipos quizá afecte negativamente a su cuenta de resultados (mayores costes financieros). Por todas estas circunstancias, el inversor debe medir perfectamente los riesgos que soportará al adquirir estos títulos; este riesgo quizá no merezca la pena, salvo que los activos en cuestión produzcan un tipo de interés muy superior a otras emisiones a plazos similares.

a) ¿Qué representa cada acción?

El capital de las Sociedades Anónimas se divide en acciones, que son los títulos que recibe el socio por sus aportaciones. Las acciones pueden ser nominativas o al portador, y están representadas mediante títulos o mediante anotaciones en cuenta.

a) ¿Qué son las SICAV?

Las sociedades de inversión de capital variable tienen un capital mínimo de 2.400.000 €, dividido en acciones. Sus estatutos establecen un capital máximo que no puede superar 10 veces más el capital inicial.

b) ¿Qué derechos otorga a su titular?

Como parte del capital de una Sociedad Anónima, cada acción concede a su titular una serie de derechos:

Derecho a percibir dividendos activos.

En la Junta General Ordinaria de las Sociedades Anónimas se acuerda el reparto de beneficios y, en consecuencia, los dividendos que se asignan a cada acción. Las opciones más habituales para el pago de dividendos son:

  • Una vez realizada la Junta General, se concede un dividendo único a cada acción.
  • El Consejo de Administración anticipa una cantidad por título, a cuenta del importe que previsiblemente se vaya a repartir; posteriormente, en la Junta se aprueba el anticipo otorgado por los administradores y se concede una cantidad complementaria.

Derecho a participar del patrimonio resultante de la liquidación de la compañía.

Si la sociedad se disuelve, una vez satisfechas las deudas, se reparte entre los accionistas el valor obtenido de liquidar el patrimonio restante.

Derecho preferente de suscripción en las ampliaciones de capital.

Cuando se produce una ampliación de capital con emisión de nuevas acciones, los socios tienen derecho a suscribir nuevas acciones antes de que estas se ofrezcan a otros interesados. Pero la Ley del Mercado de Valores establece que cuando el interés de la sociedad lo exija, al decidir el aumento del capital, la Junta General puede acordar la supresión total o parcial del derecho de suscripción preferente. Estos derechos preferentes son negociables durante esas ampliaciones.

Derecho a votar en las Juntas Generales de accionistas.

Los acuerdos más trascendentes para la empresa se adoptan en la Junta General mediante el voto de los accionistas. En principio, cada acción permite un voto, aunque pueden existir acciones que, a cambio de determinados beneficios económicos, no concedan derecho al voto.

Derecho de información.

Antes de asistir a la Junta General, el accionista tiene derecho a poseer la información necesaria para emitir un voto consecuente. Derecho de impugnación. Los socios tienen derecho a refutar una decisión general si los acuerdos sociales son contrarios a la ley, se oponen a los estatutos de la compañía o lesionan los intereses de la empresa en beneficio de uno, de varios accionistas o de terceros.

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