Rol y Competencias de la Inspección Educativa en el Sistema Escolar
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La Inspección Educativa: Garante de la Calidad
La inspección educativa es un órgano administrativo público que contribuye a mejorar la calidad del sistema educativo, comprobando el cumplimiento de la ley, asesorando y supervisando.
Funciones Principales de la Inspección Educativa
Función de Control
Es inherente a la supervisión y compete fundamentalmente a la inspección. Para ejercer con pulcritud y ecuanimidad esa función de control, todo inspector debe tener unos amplios conocimientos jurídicos, al menos sobre la normativa propia del sistema educativo y del marco general de la función pública. Además, desde la imprescindible lealtad institucional, el inspector debe ser profesionalmente independiente (que no apolítico) para ejercer un control justo y equilibrado sobre la legalidad vigente, gobierne quien gobierne, y proponer, en su caso, las sanciones que hubiera lugar ajustándose a derecho. Y conviene no olvidar que independencia significa libertad de criterio, pero, al mismo tiempo, requiere sentido de la responsabilidad y compromiso social en la interpretación de la normativa.
Función de Evaluación
Está relacionada directamente con el deber que tienen todos los poderes públicos de evaluar la calidad de los servicios que prestan, entre ellos el de la educación, y el que tienen todos los usuarios, sean centros o particulares, de rendir cuentas de los recursos públicos que reciben. Los inspectores pueden participar directamente en esa evaluación de dos formas:
- Interviniendo en planes institucionales de evaluación externa.
- Colaborando y favoreciendo la autoevaluación que realizan de forma periódica los propios centros educativos.
Ambos tipos de evaluación han de ir unidos y, en ese sentido, desde la inspección se puede contribuir de manera notoria a potenciar las capacidades de análisis y autocrítica en los centros para así abordar procesos de autoevaluación que desemboquen en medidas concretas y factibles para la mejora de su calidad. Para desarrollar con seguridad y provecho esa función de evaluación, el inspector necesita una formación específica en evaluación de sistemas, además de un conocimiento profundo sobre los asuntos objeto de evaluación y así poder realizar una lectura correcta de los resultados obtenidos. Precisa también una gran capacidad de trabajo en equipo, ya que la evaluación educativa ha de realizarse siempre por un grupo de expertos profesionales, si es externa, y de manera colectiva, si es autoevaluación de centro.
Función de Asesoramiento
El inspector debe asesorar, orientar e informar a los distintos sectores de la comunidad educativa. El asesoramiento está entre sus cometidos y puede y debe realizarlo no solo a los profesores, sino también a familias y alumnos, tanto de forma individual en su despacho como colectivamente en los centros. Debiera ser más frecuente la presencia del inspector como invitado en una sesión del claustro o del consejo escolar, su colaboración en los proyectos de innovación y su participación, aunque solo fuese esporádica, en alguna de las actividades organizadas por las asociaciones de madres y padres y de alumnos y alumnas.
Por otra parte, sería de desear que los centros de formación del profesorado, incluidas las Facultades universitarias de Educación, contasen con más inspectores, que los hay muy cualificados, para impartir cursos, dirigir seminarios de prácticas, coordinar equipos docentes, etc. Para desarrollar con efectividad y tino esa función de asesoría, el inspector necesita disponer de una profunda formación pedagógica, especialmente en lo referente a organización escolar, y un amplio conocimiento del área científica en la que se especializó como docente antes de acceder a la inspección.
Ejes Funcionales de la Actuación Inspectora
Eje Funcional 1: Supervisión y Control
- Control y supervisión, desde el punto de vista pedagógico y organizativo, del funcionamiento de los centros escolares y de los demás servicios y programas educativos, para su optimización y adecuación al marco normativo.
- Supervisión de los documentos de organización y gestión de los centros educativos necesarios para llevar a cabo las actuaciones.
- Supervisión y control de las obligaciones del personal docente.
- Propuesta e instrucción de expedientes disciplinarios a personal docente.
- Supervisión de las diferentes medidas de atención a la diversidad que se aplican en los centros docentes, así como de sus resultados, con especial incidencia en los programas de refuerzo de pendientes, desdobles y la coordinación de actuaciones entre distintas etapas, PROA+, etc.
- Seguimiento de los apoyos en formación profesional.
Eje Funcional 2: Evaluación
- Participación en la Evaluación del Sistema Educativo, especialmente la que corresponde a centros escolares, programas, proyectos, procesos y resultados, a la función directiva y a la función docente, a través del análisis de la organización, el funcionamiento y los resultados de los mismos.
- Participación en la evaluación, en el marco de sus competencias, de la calidad del sistema educativo, con especial incidencia en los resultados académicos.
- Supervisión de las evaluaciones individualizadas.
- Supervisión, seguimiento y asesoramiento del plan de actuación de cada centro como consecuencia del análisis de los resultados de la evaluación.
- Supervisión y participación, cuando proceda, en el procedimiento de resolución de reclamaciones sobre las calificaciones de la evaluación final, permanencia y titulación.
- Supervisión del desarrollo de los planes de mejora de la calidad educativa.
- Participación en la evaluación externa de los centros, de los planes y programas educativos, de la función directiva y de la práctica docente.
Eje Funcional 3: Asesoramiento e Información
- Asesorar, orientar e informar a sectores de la Comunidad Educativa en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones, así como informarles de los Programas y actividades autorizados por la Consejería de Educación.
- Celebración de reuniones con los equipos directivos, con los órganos colegiados, responsables de los planes y programas, así como con representantes de los diversos sectores de la comunidad educativa, para información, asesoramiento y colaboración con los mismos.
- Asesoramiento técnico al profesorado.
- Asesoramiento, orientación e información a los distintos sectores de la comunidad educativa en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones.
- Propuesta de nombramiento de directores.
- Propuesta de modificación de plantillas orgánicas y de cupos de profesores de los centros docentes.
- Supervisión de las necesidades de obras y de recursos materiales de los centros educativos.
- Supervisión de los expedientes disciplinarios de los alumnos y, cuando proceda, intervención en los conflictos de convivencia que se produzcan en los centros docentes.
- Revisión y visado de la titulación y del horario lectivo del profesorado en centros privados.
- Emisión de informes, en el marco de las funciones que tiene encomendadas el Servicio de Inspección de Educación, por propia iniciativa, o a instancias de las autoridades educativas.
- Colaboración con el resto de los órganos directivos de la Consejería de Educación y Formación Profesional en el ejercicio de las competencias y actuaciones que estos desarrollen.
En resumen, los inspectores: Supervisan, evalúan y observan el funcionamiento de los centros y la práctica docente. Colaboran en la evaluación del sistema educativo. Cuidan que se cumplan las leyes y reglamentos, informan, asesoran y orientan a toda la comunidad educativa. Realizan informes y requerimientos y orientan a los diversos equipos directivos.
Principios de Intervención de la Inspección Educativa
La actuación de la inspección se rige por los siguientes principios:
- Jerarquía: Alude a la dependencia orgánica y funcional de la inspección, que se recoge en la Orden ECD/111/2015 (Dirección General).
- Especialización: A través de Áreas específicas de trabajo estructurales y curriculares, en las que la formación continua de la inspección y la reflexión sobre su propia práctica sea un elemento fundamental.
- Profesionalidad: Basada en conocimientos y destrezas teóricas y prácticas, fundamentadas éticamente, y en unas condiciones para el ejercicio de la inspección que garanticen su autonomía y su autoridad.
- Planificación: Tiene que ver con el carácter sistemático y organizado de las intervenciones de la inspección, alejados de criterios de espontaneidad, incidentalidad e improvisación.
- Trabajo en equipo: Como un elemento de cohesión técnica, coordinación y autoformación en el ejercicio de las tareas que tiene atribuidas la inspección y que debe romper con prácticas autosuficientes.
- Internivelaridad: Basada en criterios de continuidad, coherencia y coordinación entre los diferentes niveles y etapas del Sistema Educativo, y entre los distintos centros docentes.
- Evaluación de procesos y resultados: Como un elemento de mejora de las tareas que tiene atribuidas la inspección.
Compromiso Normativo
La ley se compromete a, en el plazo de dos años, elaborar un plan de convergencia a una inversión del 5% del PIB en un plazo de 10 años, en concordancia con el artículo 155.2 de la LOE.
Artículo 132.