Roles y Estructuras Eclesiásticas: Cabildo Catedralicio y Arzobispos
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Cabildo Catedralicio
La palabra cabildo deriva del latín capitulum y se utilizaba para referirse a la colectividad de clérigos que formaba parte del consejo permanente del obispo. Históricamente, prestaba asistencia jurídica al máximo responsable de la diócesis.
Está compuesto por sacerdotes, que reciben el nombre de canónigos por haberles sido concedida una canonjía, es decir, una función concreta a desempeñar en el marco de la actividad diaria de la catedral. Son los responsables de la celebración de las ceremonias más solemnes, de las que tienen lugar en la iglesia catedral o en la colegiata. Están, por tanto, relacionados directamente con los asuntos del culto.
El cabildo cuenta con sus propios estatutos y con un presidente, el deán de la catedral.
Uno de los integrantes más destacados es el canónigo penitenciario, que puede absolver, en el ámbito sacramental, a aquellos afectados por una censura (la censura es una de las sanciones penales que recoge el Código Canónico) latae sententiae (las que son de aplicación inmediata). Cuenta, por tanto, con licencia especial, pero no puede actuar en aquellas absoluciones reservadas al Sumo Pontífice o al obispo. La figura del canónigo penitenciario se asemeja a la de una especie de párroco de toda la diócesis.
Tipos de Arzobispos
- Arzobispo: Es el nombre que recibe un obispo con el título de una Arquidiócesis (o archidiócesis).
- Metropolitano: Es el arzobispo de la arquidiócesis central de una provincia eclesial que contiene varias diócesis. Tiene todos los poderes del obispo en su propia arquidiócesis, así como supervisión y jurisdicción limitada sobre las demás diócesis —llamadas sufragáneas—. El palio conferido por el Papa es el símbolo de su status como metropolitano.
- Arzobispo titular: Es el que tiene el título de una arquidiócesis que existía en el pasado pero ahora existe solo en título. No tiene jurisdicción ordinaria sobre una arquidiócesis.
- Arzobispo ad personam: Es el título honorífico personal a modo de distinción concedido a algunos obispos. No tiene jurisdicción ordinaria sobre una arquidiócesis.
- Arzobispo primado: Es el título honorífico dado a arzobispos de las circunscripciones eclesiásticas más antiguas o representativas de algunos países o regiones. En España, por ejemplo, lo es el Arzobispo de Toledo.
- Arzobispo coadjutor: Es el asistente del arzobispo gobernante y tiene derecho a sucesión.