Roles, Ética y Responsabilidad en los Medios: Periodismo y Publicidad

Clasificado en Psicología y Sociología

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Funciones de los Medios de Comunicación Social (MCS)

Desempeñan un papel importante para el dinamismo económico, político, cultural y social de una comunidad. Facilitan la integración del ciudadano en la vida social y política y conllevan responsabilidades.

Rol del Periodista

Su función es observar la realidad y transmitirla de forma clara y precisa. Esto exige:

  • Conocimiento
  • Honestidad
  • Respeto a la realidad

Rol del Publicitario

Actúa como un mediador entre quienes desean dar a conocer sus bienes y servicios y sus potenciales consumidores. Su responsabilidad se centra en:

  • Veracidad y respeto a los derechos del consumidor.
  • Veracidad y lealtad con la competencia.

Responsabilidad Legal en la Comunicación

La Responsabilidad Penal

Distingue entre delito y falta. Aunque en el Código Penal no existe un capítulo específico sobre delitos informativos, se contemplan varios tipos relevantes:

  • Delitos contra la Intimidad y el Derecho a la Propia Imagen

    Se consideran conductas delictivas:

    • El apoderamiento de papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales.
    • La interceptación de telecomunicaciones o el uso de artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación.

    Para que estas conductas sean consideradas delito, deben ejecutarse sin el consentimiento de la persona afectada.

  • Delitos contra el Honor

    Incluyen la calumnia y la injuria.

  • Delitos relativos a la difusión de mensajes

    Aquellos que inciten al odio o la violencia contra determinados grupos.

  • Delitos contra los Derechos de Autor

    Relacionados con la propiedad intelectual.

  • Delitos de difusión de informaciones

    Referidos a la revelación de secretos o información confidencial.

La Responsabilidad Civil

Se recoge en el Código Civil y generalmente implica la obligación de reparar el daño causado.

La Responsabilidad Profesional

Se puede dividir en dos niveles:

  1. Responsabilidad derivada de la realización de contratos: Surge por el incumplimiento de lo acordado contractualmente.
  2. Responsabilidad por daño (extracontractual): Se parte de la idea de que causar un daño (por acción u omisión, interviniendo culpa o negligencia) supone la obligación de reparación.

El daño puede ser:

  • Material o patrimonial: Se repara mediante una indemnización económica o la restitución de bienes.
  • Moral: Aunque difícil de cuantificar, se traduce en un valor económico y, en ocasiones, en la obligación de rectificación pública.

Ética y Deontología de la Información

Ética de la Información

Es una ética interpersonal que regula la conciencia profesional respecto a sus obligaciones para servir a la sociedad una información objetiva. Sus funciones principales son:

  • Interpretación y explicación de los hechos con imparcialidad y rigor.
  • Formar y orientar el pensamiento crítico.
  • Contribuir a aumentar la libertad de los ciudadanos mediante el acceso a la información.
  • Contribuir al desarrollo intelectual y cultural.
  • Entretener.
  • Actuar como contrapoder a los tres poderes clásicos (ejecutivo, legislativo, judicial).
  • Contribuir a formar una sociedad crítica.

Deontología Informativa

Son las normas profesionales mínimas que regulan la conciencia profesional del informador.

  • Conciencia profesional: Es una dimensión de la conciencia individual que se manifiesta en un comportamiento individual responsable hacia los deberes específicos de una profesión. Es una conciencia moral, aunque algunas de sus normas solo se aplicarán en el ámbito profesional.

Distinciones Clave

  • Ética general: Orienta al ser humano hacia una perfección moral y desarrolla principios y códigos aplicables a todas las esferas de la vida.
  • Ética profesional: Se elabora en colaboración con los profesionales del sector. Puede estar orientada por códigos éticos generales, pero se enfoca en los dilemas propios de la profesión. No es un concepto vago.
  • Deontología: Término popularizado por Jeremy Bentham, fundador de la doctrina del utilitarismo, en su obra "Deontología o ciencia de la moral". Se refiere al estudio de los deberes y normas morales específicas de una profesión. La base histórica de muchos códigos deontológicos es el juramento hipocrático de la medicina.

Deontología en el Periodismo

Principios fundamentales incluyen:

  • Recoger y difundir las noticias con veracidad.
  • Acudir a las fuentes directas y contrastarlas.
  • Corregir los errores diligentemente.
  • Evitar la difusión de falsos rumores.

Para que exista un código deontológico se deben dar al menos dos requisitos:

  1. La capacidad cultural de una sociedad o grupo para codificar normas de conducta.
  2. La existencia de una actividad profesional que plantee normas y dudas morales específicas.

Los Códigos Deontológicos

Son mecanismos de autorregulación presentes en muchas profesiones.

  • Recogen un conjunto más o menos amplio de criterios, normas y valores que formulan y asumen quienes llevan a cabo una actividad profesional.
  • Tienen una clara dimensión ética.
  • Su existencia supone:
    • Una capacidad cultural para codificar normas de conducta.
    • La existencia de una actividad profesional que plantee dudas morales y requiera pautas específicas.

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