La Romanización: Un Proceso de Transformación Cultural y Jurídica
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La Romanización en el Plano Provincial
Tras la Primera Guerra Púnica y la anexión de Sicilia y Cerdeña, Roma implementó el régimen provincial para incorporar territorios conquistados. Inicialmente, "provincia" se refería a la competencia otorgada a un magistrado para vencer a un enemigo. Luego, pasó a designar el conjunto de competencias ejercidas sobre el pueblo conquistado.
El magistrado victorioso establecía la organización provincial y delegaba el gobierno a cónsules o pretores. En el 81 a.C., la Lex Cornelia de provinciis estableció la prórroga del imperio (prorrogatio imperii), requiriendo que los gobernadores provinciales fueran ex-magistrados con experiencia consular o pretorial.
Provincias Imperiales y Senatoriales
Augusto modificó el régimen provincial al asumir el imperium proconsulare. Se reservó el gobierno directo de algunas provincias (Provincias imperiales) con importancia militar, gobernadas por Legati Augusti. Las demás (Provincias senatoriales) quedaron bajo el control del Senado y eran administradas por ex-magistrados.
La Romanización en el Plano Local
La organización provincial no alteraba la estructura interna de las ciudades indígenas. La romanización local implicaba la organización de estas ciudades según el modelo urbano romano, el municipio, similar a la Roma republicana.
Roma establecía colonias o municipios de ciudadanos romanos o latinos en las provincias, fomentando la romanización cultural.
La Romanización en el Plano Personal
La romanización personal ocurría cuando los provinciales adquirían la ciudadanía romana (cives) y, por ende, gozaban del derecho romano.
Roma consideraba su derecho como un privilegio exclusivo de los ciudadanos. La concesión gradual de la ciudadanía a los indígenas culminaba el proceso de romanización cultural. Esta estrategia buscaba la fidelidad de los indígenas, presentando la latinidad o ciudadanía como una recompensa a su lealtad.
En la Península Ibérica, la romanización jurídica personal se dividió en tres etapas: concesiones aisladas de ciudadanía y latinidad, concesión general de latinidad y una etapa final.