El Salario y sus Complementos: Guía Completa para Trabajadores

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El Salario

Definición y Tipos

SMI (Salario Mínimo Interprofesional): Salario mínimo que fija el Gobierno anualmente para todas las profesiones, tomando como referencia una jornada a tiempo completo.

Salario Base: Retribución fija del trabajador según su categoría o grupo profesional, generalmente superior al SMI. La suma del salario base más los complementos no puede ser inferior al SMI, y se establece por convenio.

Salario: Conjunto de retribuciones que recibe el trabajador por los servicios prestados, incluyendo los descansos semanales.

Formas de Pago:

  1. En dinero: metálico, transferencia bancaria o cheque.
  2. En especie: retribución distinta al dinero (vehículo o vivienda), que no puede superar el 30% del total de las retribuciones.

Formas de Cálculo:

  1. Por unidad de tiempo.
  2. Por unidad de obra.
  3. Mixto.

Pago del Salario

Pago: Se realiza de forma puntual en la fecha y lugar acordados (o según los usos y costumbres).

Anticipos: Derecho del trabajador a solicitarlos por la parte de trabajo ya realizada.

Retrasos en el Pago: Derecho del trabajador a reclamar intereses del 10% anual sobre las cantidades adeudadas. Tras 3 meses de retraso, el trabajador puede extinguir el contrato por causa justa.

Recibo del Salario: Documento que detalla las percepciones del trabajador y las deducciones a la Seguridad Social y Hacienda que realiza la empresa sobre la nómina. Existe un modelo oficial, pero se puede acordar otro por convenio o pacto con la empresa. No es obligatorio que sea en papel, también puede ser en formato digital.

Complementos Salariales

. 3)Utilización de “clausulas de descuelgue salarial”, en caso de perdidas económicas la empresa no realizara la subida salarial fijada en el convenio colectivo. 2) del contrato: Empresa puede modificar la cuantía del salario base pactado y las mejoras voluntarias que ofrecía a los trabajadores de la empresa. Es una modificación sustancial de contrato, y el trabajador tiene derecho a extinguir el contrato con indemnización de 20 días/año trabajado.

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