Seguridad en Herramientas y Maquinaria: Decreto 911
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¿Qué puede decir respecto a herramientas de accionamiento manual y mecánicas portátiles, que este contemplado en el dec. 911?
Las herramientas de mano deben ser seguras y adecuadas a la operación a realizar y no presentar defectos ni desgastes. Deben tener protección adecuada.
Las herramientas deben ser depositadas antes y después de usarlas en lugares apropiados.
Toda falla que sea notada en una herramienta debe ser informada al responsable del sector y sacar de servicio.
Los trabajadores deben ser capacitados en relación a los riesgos debido al uso de las herramientas y también de los correspondientes elementos de protección
Las herramientas portátiles accionadas por energía interna deben estar protegidas.
Las herramientas neumáticas e hidráulicas, las válvulas deben cerrar automáticamente al dejar de ser presionadas.
En áreas de riesgo con materiales inflamables solo deben usarse herramientas que no provoquen chispa.
¿Qué puede decir respecto a vehículos y máquinas automotrices, que este contemplado en el dec. 911?
El personal será capacitado y adiestrado en relación a las tareas específicas a que sea destinado y a los riesgos emergentes de la misma.
Las máquinas y vehículos deben estar provistos de mecanismos y dispositivos de seguridad para evitar caídas de la plataforma, cuchara, vehículo, caída de personas, velocidades excesivas, etc.
Previo al uso deberá verificarse que los vehículos y maquinarias y todos sus componentes cumplan con las normas de seguridad.
Deberán llevar un rótulo visible con indicación de carga máxima admisible que soporta.
El asiento para el conductor debe reunir todas las condiciones ergonómicas y de medios seguros para ascender y descender.
Si el vehículo es apto para transportar personas no se permite en él, el transporte de líquidos inflamables, material explosivo y/o sustancias tóxicas.
¿Cuáles son las obligaciones del empleador?
El término empleador designa a la persona, física o jurídica, privada o pública, que utiliza la actividad de una o más personas en virtud de un contrato o relación de trabajo.