Seguridad y Salud en el Trabajo: Guía completa para empresas
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Seguridad y Salud en el Trabajo
Protección de la maternidad
En el ámbito laboral, se deben adoptar las siguientes medidas para proteger la salud de la trabajadora embarazada y del feto:
- Adaptación de las condiciones de trabajo: En primer lugar, se adaptarán las condiciones de trabajo para que no afecten negativamente a la salud de la trabajadora o del feto.
- Cambio de puesto de trabajo (misma categoría): Cuando la adaptación de las condiciones no sea posible, se cambiará a la trabajadora a otro puesto de trabajo dentro de su misma categoría profesional.
- Cambio de puesto de trabajo (distinta categoría): Si no existe un puesto de trabajo de la misma categoría profesional, se le asignará un puesto de trabajo de una categoría diferente.
- Suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo: Si tampoco es posible acceder a un puesto de trabajo de distinta categoría, se procederá a la suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo.
Protección de los menores de edad
El empresario debe realizar una evaluación de riesgos de los puestos de trabajo que desempeñarán los menores de edad, considerando los riesgos específicos derivados de su inmadurez en materia de seguridad y salud. Esta evaluación se realizará antes de su incorporación al trabajo. El empresario informará a los menores y a sus tutores de los posibles riesgos y las medidas preventivas.
Protección de trabajadores temporales y ETT
Los trabajadores con contratos temporales y los contratados por Empresas de Trabajo Temporal (ETT) deben disfrutar del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que los demás trabajadores.
Obligaciones de la empresa usuaria:
- Es responsable de las condiciones de ejecución del trabajo en lo relacionado con la seguridad y salud de los trabajadores.
- Es responsable de las medidas de protección.
- Debe informar al trabajador de los riesgos, las medidas de protección, las cualificaciones necesarias en su puesto de trabajo y la exigencia de los controles médicos.
- Informará a los representantes de los trabajadores.
- Informará a la ETT sobre los puestos de trabajo antes de iniciar la actividad laboral.
Obligaciones de la ETT:
- Proporcionará la formación necesaria para el puesto de trabajo que se va a cubrir.
- Es responsable de la vigilancia de la salud de los trabajadores.
- Organizará las actividades preventivas con recursos propios.
- Constituirá un comité de seguridad y salud en el trabajo con un mínimo de 4 delegados de prevención.
Plan de Autoprotección
El Plan de Autoprotección es el documento que establece la organización, funciones y procedimientos preventivos en un lugar de trabajo para controlar los riesgos sobre las personas y los bienes en una situación de emergencia.
Plan de Actuación de Emergencias
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) establece la obligación del empresario de analizar y prever las posibles situaciones de emergencia, considerando el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas. Se incluye el Plan de Emergencias, que define cómo se organizará la respuesta, las medidas de protección e intervención, y los procedimientos y secuencia de actuación ante cualquier emergencia.
Se debe comprobar su funcionamiento periódicamente.
Organización de la respuesta y medidas de protección e intervención
El empresario debe adoptar las medidas necesarias ante una emergencia en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación. La empresa deberá contar con una estructura organizativa interna con empleados formados. Las funciones más habituales son:
- Director del Plan de Emergencias: Activa el plan, dirige y coordina la actuación de quienes intervienen.
- Jefe de Intervención: Dirige los equipos de intervención e informa al director del plan.
- Centro de Control: Centraliza toda la información y se encarga de dar los avisos de alarma.
- Equipos de Primera Intervención (EPI): Intentan eliminar inmediatamente la emergencia.
- Equipos de Segunda Intervención (ESI): Intervienen si los EPI no controlan la emergencia.
- Equipos de Alarma y Evacuación (EAE): Dirigen y supervisan la evacuación.
- Equipos de Primeros Auxilios: Prestan los primeros auxilios.
- Equipos de Apoyo: Prestan ayuda especializada a otros equipos.
Esquema general de actuación de emergencias
- Se produce una situación de emergencia: La alarma puede ser automática (detectada por un dispositivo) o directa (detectada por una persona).
- Confirmación de la alarma: Se verifica que la alarma no es falsa.
- Tipo de emergencia:
- Conato de emergencia: Afecta a una zona de la empresa y es controlable por los EPI.
- Emergencia parcial: No se puede controlar por los EPI y se necesita la intervención de los ESI.
- Emergencia general: Es necesaria la ayuda exterior.
- Transmisión de la emergencia: Se comunica la emergencia (verbalmente o mediante sirenas).
- Fin de la emergencia: Declarado por el director del plan de emergencias.