La Sentencia en el Proceso Judicial: Requisitos y Efectos Jurídicos

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Tema # 7: La Sentencia

Concepto de Sentencia

Es el acto del poder público que emana de los órganos jurisdiccionales, por el cual se dirime la controversia discutida en el proceso con el fin de hacer justicia, de acuerdo a las reglas del derecho positivo y la equidad.

Declaración normativa: Mandato jurídico individual y concreto creado por el juez mediante el proceso, para regular la conducta de las partes. Declaración de derecho: Siendo la pretensión el objeto del proceso, puede definirse como la decisión del juez que recoge o rechaza la pretensión que se hace valer en la demanda.

Para dictar la sentencia definitiva, el juez debe cumplir con todas las formas procesales y deberá cumplir con los extremos de los requisitos intrínsecos y extrínsecos.

Requisitos intrínsecos

Son los requisitos técnicos que contiene el fallo, debe existir una relación entre la pretensión y el fallo.

Artículo 243 C.P.C.

Toda sentencia debe contener:

  1. La indicación del Tribunal que la pronuncia. (El Juez de la instancia garantizará la ejecución)
  2. La indicación de las partes y de sus apoderados. Si no se señala, difícilmente se logrará ejecutar el fallo.

La jurisprudencia ha flexibilizado el rigorismo de esa norma con respecto al señalamiento de los apoderados, pues la ejecución del fallo recaerá sobre las partes, más no sobre sus apoderados.

  1. Una síntesis clara, precisa y lacónica de los términos en que ha quedado planteada la controversia, sin transcribir en ella los actos del proceso que constan de autos.

De forma escrita, a los diez (10) días siguientes del pronunciamiento oral, en resumen el juez no debe transcribir todos los actos procesales, solo lo planteado por el demandante en su escrito de demanda y el demandado en su escrito de contestación de demanda.

  1. Los motivos de hecho y de derecho de la decisión.
  2. Decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas, sin que en ningún caso pueda absolverse de la instancia.
  3. La determinación de la cosa u objeto sobre que recaiga la decisión.
  4. También debe señalar que la sentencia se dicta en nombre de la República y por autoridad de la ley.

Cuando se produzca una violación la vía es el recurso de apelación.

Requisitos extrínsecos

Están referidos a la sentencia como documento, como expresión externa del órgano. Es el documento escrito que es presupuesto de la sentencia, cuando se violan estos la sentencia será inexistente. En ella se acoge la pretensión hecha en la demanda: Puede que niegue la pretensión, el juez lo puede hacer, las partes deben probar la pretensión, el juez está obligado a examinar cuánta prueba exista en autos. Los requisitos extrínsecos, son aquellos que tienen que ver con el fallo como documento, es la manera como se manifiesta el juez a través de un documento, están referidos a la sentencia como la expresión exterior al momento de proferir el fallo. Deliberación, documentación, publicación del fallo.

  1. Deliberación: Acto individual del juez a través del cual hace un análisis, del proceso de deliberación, solo en la mente del juez.
  2. Documentación: Transcripción del fallo a un documento, para ser firmado por el juez o jueces del Tribunal.

El juez puede cambiar de criterio, una vez haberse dictado el fallo, antes de estampar su firma en el escrito de sentencia.

  1. Publicación: Puede no coincidir el momento en que se dicta el fallo con el momento de la publicación de la sentencia.

Si no está publicada, la sentencia no tendrá efectos jurídicos alguno.

En caso de Tribunal colegiado, puede haber un juez que no esté de acuerdo, pero debe firmar y agregará el voto salvado.

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