Servicios Sociales en Andalucía: Normativa y Funciones de las Diputaciones

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Normativa de Servicios Sociales en Andalucía

Decreto-ley 7/2013, de 30 de abril

Artículo 1. Objeto.

El presente Decreto-ley tiene por objeto establecer un conjunto de medidas de carácter extraordinario y urgente destinadas a:

  • a) Prevenir el desarrollo de situaciones de exclusión social derivadas de la dificultad sostenida de acceso al mercado laboral en segmentos de población especialmente vulnerables y dar cobertura a necesidades crecientes de carácter social, contribuyendo al mantenimiento del empleo para el colectivo relacionado con el Programa de Ayuda a Domicilio.
  • b) Atender a las necesidades básicas de carácter alimentario de personas, familias y colectivos susceptibles de especial protección, como es el caso de las personas menores, las personas mayores y las que se encuentran en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, con especial atención a aquellos que residen en Zonas con Necesidades de Transformación Social.
  • c) Garantizar un plazo mínimo para la resolución y efectividad de las prestaciones económicas existentes para la lucha contra los casos más extremos de exclusión social, dentro del Programa de Solidaridad para la Erradicación de la Marginación y la Desigualdad en Andalucía, agilizando su tramitación.

Ley 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales en Andalucía

Artículo 3.

  1. Tendrán derecho a los Servicios Sociales todos los residentes en Andalucía y los transeúntes no extranjeros.
  2. Los extranjeros, refugiados y apátridas residentes en el territorio de la Comunidad Autónoma podrán igualmente beneficiarse de este derecho, siempre de conformidad con lo dispuesto en las normas, tratados y convenios internacionales vigentes en esta materia, sin perjuicio de lo que se establezca reglamentariamente para quienes se encuentren en reconocido estado de necesidad.

Funciones de las Diputaciones en Materia de Servicios Sociales

  • Organización de sus propios servicios en materia de servicios sociales.
  • Creación, mantenimiento y gestión en servicios sociales especializados.
  • Estudio y determinación de las necesidades que se han de cubrir dentro de su territorio, y programación de los recursos necesarios para atenderlas, en coordinación con los Ayuntamientos.
  • Asistencia técnica y asesoramiento a los Ayuntamientos.

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