El Sistema Arbitral de Consumo (SAC): Funcionamiento, Características y Eficacia del Laudo

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El Sistema Arbitral de Consumo (SAC): Definición y Características Esenciales

Definición del Sistema Arbitral de Consumo (SAC)

El Sistema Arbitral de Consumo (SAC) se define como un sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre los consumidores y los empresarios. A través de este mecanismo, se resuelven las reclamaciones de los consumidores y usuarios, siempre que el conflicto no verse sobre lesión, muerte o existan indicios racionales de delito.

Características Fundamentales del SAC

El SAC se caracteriza por los siguientes principios:

  • Unidireccionalidad

    Solo lo puede iniciar el consumidor reclamante mediante la presentación de una solicitud ante la Junta Arbitral de Consumo (JAC) competente. Junto a la solicitud, el consumidor reclamante puede acompañar prueba o proponer toda aquella que estime oportuna.

  • Arbitraje Gratuito

    El procedimiento es gratuito, aunque los gastos derivados por las pruebas a instancia de una parte son de cargo de quien las proponga, y las pruebas comunes se sufragan por mitad.

  • Voluntariedad del Arbitraje

    En el SAC, el convenio arbitral se formaliza en cualquiera de estos casos:

    1. Cuando adopte la forma de cláusula contractual incorporada a un contrato o constituya un acuerdo independiente de las partes, siempre que el conflicto a resolver por los árbitros sea actual.
    2. Cuando exista una Oferta Pública de Adhesión al Sistema Arbitral de Consumo (OPASAC) del empresario reclamado y el consumidor reclamante presente una solicitud de arbitraje que coincida con el ámbito de dicha OPASAC.
    3. Si no existe OPASAC, cuando el empresario reclamado acepta la solicitud de arbitraje presentada por el consumidor reclamante ante la JAC correspondiente.
  • Mecanismo de Resolución Rápido

    El proceso se inicia con una mediación para tratar de alcanzar una solución pactada a la controversia. Si no se llega a ningún acuerdo, el SAC continúa con el procedimiento arbitral propiamente dicho.

  • Lista de Árbitros Acreditados

    Cada JAC debe elaborar una lista de árbitros acreditados. Estos árbitros son propuestos por la Administración, las asociaciones de consumidores y las organizaciones empresariales.

  • Carácter Informal y Accesible

    El SAC es un sistema no formalista para que resulte sencillo y accesible a los reclamantes.

  • Decisión en Equidad y Eficacia del Laudo

    El arbitraje de consumo se decide por los árbitros en equidad. El laudo se emite conforme a su leal saber y entender, teniendo la misma eficacia que una sentencia judicial. El árbitro designado a propuesta de la Administración siempre ha de ser licenciado o graduado en Derecho.

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