El Sistema Jurídico Mexicano y la Influencia de las TIC

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El Sistema Jurídico Mexicano

El sistema jurídico mexicano se basa en la división de tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Su modelo económico es capitalista, fundamentado en la Constitución Política y una colección de leyes, normas y acuerdos a nivel federal, estatal y municipal.

Marco Jurídico Mexicano en Materia Informática

Algunos ejemplos de la legislación en materia informática en México son:

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • Ley Federal del Derecho de Autor
  • Ley de la Propiedad Industrial
  • Ley Federal de Telecomunicaciones
  • Ley de Información, Estadística y Geografía
  • Ley de Vías Generales de Comunicación
  • Ley Federal contra la Delincuencia Organizada
  • Código de Comercio

Influencia de las TIC en el Derecho

Las TIC han influenciado el derecho en áreas como:

  • Informatización de procedimientos en los tribunales
  • Gestión de despachos de abogados
  • Administración pública en los niveles de gobierno

El derecho informático regula aspectos como:

  • Información
  • Datos personales
  • Servicios y contenidos del Internet
  • Contratos informáticos
  • Protección de programas
  • Delitos informáticos
  • Firmas y facturas electrónicas
Legislación Informática

La legislación informática es el conjunto de leyes, normas, reglas, procedimientos, asignación de funciones y demás elementos que rigen la implantación de sistemas de información en empresas e instituciones.

El Gerente de TIC

El gerente de TIC debe tener la capacidad de evaluar el estado de las políticas informáticas.

Definición de Derecho

El derecho se define como un conjunto de reglas o disposiciones que rigen la conducta de los hombres en sus relaciones sociales. Tiene dos acepciones:

  1. Una facultad reconocida al individuo por la ley para llevar a cabo determinados actos.
  2. Conjunto de leyes o normas jurídicas aplicables a la conducta social de los individuos.

Normas Jurídicas y Morales

Existen diferentes tipos de normas:

  1. Normas técnicas: Previenen la forma más adecuada para hacer bien una cosa. Su violación tiene como sanción el fracaso.
  2. Normas de etiqueta: Las impone el decoro, el amor propio u otros sentimientos propios de un grupo social o de una etapa histórica. Su violación tiene como sanción el ridículo.
  3. Normas morales: Son de orden individual o social, constituyen deberes elementales impuestos por los sentimientos de moralidad del grupo social para su propio bienestar. Su violación trae como consecuencia el remordimiento y/o el desprecio social.
  4. Normas jurídicas: Rigen y coordinan la conducta social del individuo. Su violación trae como consecuencia sanciones civiles, administrativas y penales.

Conceptos Jurídicos

  • Hecho antijurídico: Es la trasgresión, el hecho antecedente al que se encuentra imputada la sanción.
  • Sanción o consecuencias: La privación de un bien tal como la vida, la libertad o la propiedad, que se infringe coactivamente por un órgano del Estado que actúa aplicando una norma jurídica.
  • Responsable: Es responsable de determinada trasgresión aquella persona a la cual se aplica la sanción, independientemente de que haya sido o no quien realizó el acto prohibido.
  • Deber jurídico: Es lo opuesto a la trasgresión.
  • Sujetos de derecho o persona jurídica: Son los entes que sirven de centros de imputación de derechos, es decir, los órganos sancionadores.
  • Responsabilidad jurídica: Recae en los órganos sancionadores que están constreñidos por una norma sancionadora.
  • Marco jurídico: Conjunto de leyes, derechos y obligaciones que existen para una acción o comportamiento dado, dentro de una rama del Derecho.

Fuentes del Derecho

El derecho, al desarrollarse, adopta diversas formas:

  • La ley: Es la norma de derecho dictada, promulgada y sancionada por la autoridad pública, aun sin el consentimiento de los individuos, tiene como finalidad el encauzamiento de la actividad social hacia el bien común.
  • La costumbre y el uso: La forma primitiva del desarrollo del derecho es la costumbre, la primera manifestación histórica del Derecho.
  • La jurisprudencia: Es la interpretación que de la ley hacen los tribunales, cuando la aplican a cinco casos concretos sometidos a ellos y la generalizan.
  • Doctrina: Está integrada por el conjunto de estudios y opiniones que los autores de Derecho realizan o emiten en sus obras.

División del Derecho

  • Derecho civil: Regula la forma en que las personas privadas (individuales o colectivas, físicas o morales) se estructuran orgánicamente, sin perder de vista su poder de acción.
  • Derecho mercantil: Regula las distintas relaciones jurídicas que se derivan de los actos de comercio.
  • Derecho laboral: Regula las distintas relaciones jurídicas entre los trabajadores y patrones, contrato de trabajo, ya sea individual, colectivo o contrato-ley.
  • Derecho agrario: Determina las normas conducentes para la dotación y restitución de tierras y aguas a las comunidades de vida agrícola.
  • Derecho constitucional: Determina la estructura orgánica del Estado, su forma de gobierno, sus distintos órganos, funciones y atribuciones, así como las relaciones de los mismos entre sí.
  • Derecho administrativo: Regula todo lo relacionado con la administración pública y la prestación de servicios públicos.
  • Derecho procesal: Regula la función jurisdiccional del Estado para la administración de justicia, a fin de que se resuelvan los conflictos que surjan entre particulares.
  • Derecho penal: Determina cuáles son los hechos punibles o delitos, las penas y sanciones respectivas y las medidas preventivas para defender a la sociedad contra la criminalidad.
  • Derecho internacional público: Regula las relaciones jurídicas pacíficas y belicosas que surjan entre los distintos Estados de la comunidad internacional.
  • Derecho internacional privado: Regula las relaciones jurídicas entre particulares de diferentes estados.

En México: Se aplican las ramas del derecho constitucional, administrativo, penal, internacional público, internacional privado, procesal, laboral, mercantil.

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