Sistema Sanitario Público de Andalucía: organización y funciones del Servicio Andaluz de Salud
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Ordenación funcional del Sistema Sanitario Público de Andalucía
El Servicio Andaluz de Salud
1. El Sistema Sanitario Público de Andalucía (Ley 2/1998 de Salud de Andalucía)
Artículo 43. El Sistema Sanitario Público de Andalucía es el conjunto de recursos, medios organizativos y actuaciones de las Administraciones sanitarias públicas de la Comunidad Autónoma o vinculadas a las mismas, orientados a satisfacer el derecho a la protección de la salud a través de la promoción de la salud, la prevención de las enfermedades y la atención sanitaria.
Artículo 46. La dirección y coordinación de las actividades, servicios y recursos del Sistema Sanitario Público de Andalucía corresponden a la Consejería de Salud.
2. El Servicio Andaluz de Salud — Funciones encomendadas al SAS
En el Decreto 171/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, podemos leer:
Artículo 13. Servicio Andaluz de Salud.
- El Servicio Andaluz de Salud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 64 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, estará adscrito a la Consejería de Salud.
- El Servicio Andaluz de Salud, de acuerdo con lo previsto en la citada Ley 2/1998, de 15 de junio, desarrollará las funciones que le están atribuidas bajo la supervisión y control de la Consejería de Salud.
- Corresponde al Servicio Andaluz de Salud el ejercicio de las funciones que se especifican en el presente Decreto, con sujeción a las directrices y criterios generales de la política de salud en Andalucía y, en particular, las siguientes:
- a) La gestión del conjunto de prestaciones sanitarias en el terreno de la promoción y protección de la salud, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria y rehabilitación que le corresponda en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- b) La administración y gestión de las instituciones, centros y servicios sanitarios que actúan bajo su dependencia orgánica y funcional.
- c) La gestión de los recursos humanos, materiales y financieros que se le asignen para el desarrollo de sus funciones.
Para la realización del conjunto de prestaciones sanitarias a que se refiere el punto a) anterior, la cartera de servicios que comprende la atención sanitaria se divide en:
- Atención Primaria
- Atención Especializada
3. Atención primaria de salud en Andalucía
La Ley 2/1998 de Salud de Andalucía establece que la Atención Primaria de Salud es el primer nivel de acceso ordinario de la población al Sistema Sanitario Público de Andalucía y se caracteriza por prestar