El Sistema de Seguridad Social en España: Guía Completa

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1. El Sistema de Seguridad Social

La Seguridad Social tiene como finalidad garantizar a los trabajadores y sus familiares la protección adecuada en situaciones en las que se necesiten, como en casos de enfermedad, accidente, etc.

1.1 Organización

Se organiza en:

  • Contributivo: Incluye a los trabajadores españoles residentes en España y a los extranjeros residentes legalmente en España que ejerzan actividad laboral. Tiene dos regímenes:
    • General: Incluye a la mayoría de los trabajadores por cuenta ajena.
    • Especial: Para trabajos con peculiaridades de tiempo. Son: autónomos, trabajadores del mar, mineros, seguro escolar.
  • No contributivo: Incluye a personas que se encuentren en estado de necesidad, que carezcan de recursos económicos propios. Son las pensiones de incapacidad permanente, jubilación e hijo a cargo.

1.2 Organismos de Gestión de la Seguridad Social

  • INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): Encargado de la gestión y administración de prestaciones económicas.
  • TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social): Gestiona los recursos económicos y tramita las afiliaciones, altas y bajas.
  • SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal): Tramita las prestaciones de desempleo.
  • IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales): Gestiona las pensiones de invalidez y jubilación en sus modalidades no contributivas.
  • Instituto Social de la Marina: Encargado de las prestaciones del sector marítimo.

2. Obligaciones de la Empresa con la Seguridad Social

El empresario que contrata tiene la obligación de afiliar a sus trabajadores en caso de ser su primer trabajo.

  • Afiliación y alta de los trabajadores: La afiliación es única y para toda la vida. Se tramitan con carácter previo al inicio de la relación laboral.
  • Cotización: El empresario debe ingresar, mensualmente, la cotización.
  • Baja de trabajadores: Cuando finalice la relación laboral, el empresario dará de baja al trabajador dentro de los 3 días naturales.

3. Prestaciones de la Seguridad Social

Son medidas con las que cuenta la Seguridad Social para ayudar a las personas a superar determinadas situaciones de necesidad. Garantiza a los trabajadores, dentro de su campo de aplicación, las siguientes prestaciones:

  • En especie: Asistencia sanitaria, prestación farmacéutica, servicios sociales. Es la prestación de servicios médicos y farmacéuticos, como ortopedia, prótesis, etc., que conduzcan a recuperar al individuo.
  • Económicas:
    • Subsidio: Prestaciones de pago periódico y duración temporal (incapacidad temporal, paternidad, maternidad, etc.).
    • Pensiones: Pago periódico y duración vitalicia (jubilación, incapacidad permanente, etc.).
    • Indemnizaciones: Se abonan una sola vez (lesiones permanentes, etc.).

3.1 Maternidad, Paternidad y Riesgos durante el Embarazo

3.1.1 Maternidad

  • Situación protegida: Nacimiento por hijo, adopción o acogida de un menor de 6 años.
  • Requisitos:
    • Estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta.
    • Menor de 21 años: Exige periodo de cotización.
    • Entre 21 y 26 años: 90 días cotizados en los 7 años anteriores.
    • Mayor de 26 años: 180 días en los 7 años anteriores.
  • Duración: 16 semanas, que se amplían a 2 más por cada hijo. Las 6 semanas después del parto serán disfrutadas por la madre.
  • Cuantía: Subsidio diario equivalente al 100% de la base reguladora.

3.1.2 Paternidad

  • Situación protegida: Nacimiento por hijo, adopción o acogida de un menor de 6 años.
  • Requisitos:
    • Estar afiliado.
    • Tener cubierto un periodo de cotización de 180 días dentro de los 7 años o 360 días en la vida laboral.
  • Duración: 28 días ininterrumpidos.
  • Cuantía: 100% de la base reguladora.

3.1.3 Riesgo durante el Embarazo y la Lactancia

  • Situación protegida: Cuando la trabajadora no pueda estar en su puesto de trabajo porque es negativo para su salud o la del feto.
  • Requisitos:
    • Estar afiliada.
    • No se exige tiempo de cotización.
  • Duración:
    • Cuando es por riesgo en el embarazo: Hasta que este desaparezca.
    • Por riesgo en la lactancia: Hasta los 9 meses del hijo.

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