Sistema Tributario Venezolano: Fundamentos Legales y Estructura
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Por qué pagamos impuestos
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Artículo 133: Toda persona tiene el deber de coadyudar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.
Distribución político territorial
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Artículo 16: Con el fin de organizar políticamente la República, el territorio nacional se divide en el de los Estados, Distrito Capital, las dependencias federales y los territorios federales. El territorio se organiza en Municipios.
Del Régimen Fiscal y Monetario
Sección Segunda: Del Sistema Tributario
Art.316. El sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población, y se sustentará para ello en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos.
Art. 317. No podrá cobrarse impuesto, tasas, ni contribución alguna que no estén establecidos en la ley, ni concederse exenciones y rebajas, ni otras formas de incentivos fiscales, sino en los casos previstos por la ley que cree el tributo correspondiente. Ningún tributo puede tener efecto confiscatorio.
Tema No. 1. Tributos (Tributum)
1.a) ¿Qué se entiende por Sistema tributario?
Conjunto de tributos vigentes en un país en determinada época. (Villegas)
Conjunto normativo que guarda relación o coordinación entre sí y persigue un objetivo común: la recaudación.
1.b) ¿Tiene el Estado Venezolano un verdadero Sistema Tributario?
Sí, debido a que las reglas o normas impuestas responden a la más estricta lógica y se hacen cumplir mediante los organismos estructurados (SENIAT).
La estructura del Sistema Tributario Venezolano es la siguiente:
- Constitución Nacional
- Leyes Orgánicas (COT)
- Leyes Ordinarias (IVA, ISLR, ICSVM, Aduanero)
- Reglamentos (Decretos Reglamentarios)
- Resoluciones (SENIAT)