El Estado Social y Democrático de Derecho: Fundamentos y Principios
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El Estado Social y Democrático de Derecho
Introducción
España se define como un Estado social y democrático de derecho. Esta fórmula se inscribe en la tendencia del derecho comparado, por lo que su inclusión en la Constitución española es lógica y esperada.
Interpretación de la Fórmula
La fórmula puede interpretarse como una frase única, dos frases o una unión de tres ideas relacionadas: Estado de derecho, Estado social y Estado democrático. A continuación, se desarrollan estas ideas en orden cronológico.
Estado de Derecho
Origen y Concepto
El concepto de Estado de derecho surgió en el siglo XIX en Alemania, con el objetivo de establecer un poder democrático.
Presupuestos y Principios
El Estado de derecho se basa en los siguientes presupuestos:
- Defensa de la libertad y dignidad inherentes al ciudadano
- Confianza en la limitación racional del poder a través del Derecho
Sus principios básicos son:
- Separación de poderes
- Limitación racional del poder
- Primacía de la ley
- Posición de la dignidad de la persona en el centro del concepto
Técnicas Jurídicas para su Realización
Existen dos técnicas jurídicas fundamentales para la realización del Estado de derecho:
- División de poderes: sin ella, no hay Constitución ni Estado de derecho. Se divide en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.
- Reconocimiento y protección de los derechos
Principios Específicos
- Legalidad: subordinación de los poderes a la ley.
- Jerarquía normativa: coherencia del ordenamiento jurídico mediante la jerarquización de las leyes.
- Publicidad de las normas: conocimiento de las normas para su cumplimiento.
- Irretroactividad de las disposiciones sancionadoras: no aplicación de normas a hechos anteriores a su entrada en vigor.
- Interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos: desigualdad objetiva y razonable.