Sociedad Anónima: Características, Constitución y Órganos
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Sociedad Anónima
Características generales.
- El número de socios para la constitución puede ser de uno o más, ya sean personas físicas o jurídicas.
- La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.
- El capital mínimo de constitución es de 60.000€ dividido en acciones. Este tipo de asociaciones se puede crear en fundación simultánea o fundación sucesiva y el capital debe estar desembolsado mínimo un 25%.
- La razón social debe estar formada por el nombre de la sociedad y “SA”.
- La transmisión de acciones es libre, una vez inscrita en el Registro Mercantil.
- Tributa por el Impuesto sobre sociedades.
Constitución
Se ha de constituir en escritura pública y deberá estar inscrita en el plazo de dos meses en el Registro Mercantil.
Órganos de la sociedad
- Junta general. Es la reunión de los socios donde se decide por mayoría absoluta sobre cuestiones importantes. Existen tres tipos de junta: Junta general ordinaria, Junta extraordinaria y Junta universal.
- Administradores. La administración de la sociedad se puede confiar a un único administrador o a un consejo de administradores.
Los accionistas. Las acciones
Son los propietarios de una o más acciones de la empresa. Tienen los siguientes derechos:
- Derecho a participar en el reparto de beneficios sociales.
- Derecho preferente de suscripción en la emisión de nuevas acciones.
- Derecho de asistencia y voto en las juntas.
- Derecho a impugnar los acuerdos sociales.
- Derecho de información sobre los asuntos a tratar en la junta de accionistas.
El capital de una sociedad anónima se divide en partes iguales y cada una de ellas se denomina acción. Las aportaciones del capital de una empresa se representan mediante títulos o por medio de anotaciones en cuenta.
Clases de acciones
- Según los derechos
- Ordinarias: no tienen ningún derecho especial
- Privilegiadas: tiene algún privilegio, como recibir un dividendo mínimo.
- Según la titularidad.
- Nominativas: la acción incorpora el nombre del propietario.
- Al portador: la acción es propiedad de quién la posee.
- Según el capital
- Ordinarias: son aquellas que están desembolsadas mediante moneda.
- Propias: son aquellas en las que, en contraprestación al pago, se admite una aportación en bienes.
- Liberadas: la acción se emite con cargo a reservas por una parte, o, si están totalmente liberadas, en su totalidad.
Conceptos básicos relativos a las acciones
- Valor nominal. Valor que tiene cada acción y que aparece en el título
- Valor efectivo. Valor de mercado en el momento de la compraventa de una acción.
- Valor de emisión. Si la empresa emite nuevas acciones puede ser que el valor tenga una prima de emisión; si es así, esta se deberá sumar al valor nominal de la acción.
- Valor teórico contable. Valor de una acción según diversos criterios objetivos
- Valor teórico después de la ampliación. Importe que se calcula para poder asignar un valor al derecho de suscripción.
- Derecho de suscripción. Derecho preferente de los accionistas a suscribir nuevas acciones para quedarse con la misma proporción de capital de la empresa.
- Renta y rentabilidad. Capacidad de un capital de producir una renta, se expresa mediante un porcentaje.