Sociedad Anónima: Características, Constitución y Órganos

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Sociedad Anónima

Características generales.

  • El número de socios para la constitución puede ser de uno o más, ya sean personas físicas o jurídicas.
  • La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.
  • El capital mínimo de constitución es de 60.000€ dividido en acciones. Este tipo de asociaciones se puede crear en fundación simultánea o fundación sucesiva y el capital debe estar desembolsado mínimo un 25%.
  • La razón social debe estar formada por el nombre de la sociedad y “SA”.
  • La transmisión de acciones es libre, una vez inscrita en el Registro Mercantil.
  • Tributa por el Impuesto sobre sociedades.

Constitución

Se ha de constituir en escritura pública y deberá estar inscrita en el plazo de dos meses en el Registro Mercantil.

Órganos de la sociedad

  • Junta general. Es la reunión de los socios donde se decide por mayoría absoluta sobre cuestiones importantes. Existen tres tipos de junta: Junta general ordinaria, Junta extraordinaria y Junta universal.
  • Administradores. La administración de la sociedad se puede confiar a un único administrador o a un consejo de administradores.

Los accionistas. Las acciones

Son los propietarios de una o más acciones de la empresa. Tienen los siguientes derechos:

  • Derecho a participar en el reparto de beneficios sociales.
  • Derecho preferente de suscripción en la emisión de nuevas acciones.
  • Derecho de asistencia y voto en las juntas.
  • Derecho a impugnar los acuerdos sociales.
  • Derecho de información sobre los asuntos a tratar en la junta de accionistas.

El capital de una sociedad anónima se divide en partes iguales y cada una de ellas se denomina acción. Las aportaciones del capital de una empresa se representan mediante títulos o por medio de anotaciones en cuenta.

Clases de acciones

  • Según los derechos
    • Ordinarias: no tienen ningún derecho especial
    • Privilegiadas: tiene algún privilegio, como recibir un dividendo mínimo.
  • Según la titularidad.
    • Nominativas: la acción incorpora el nombre del propietario.
    • Al portador: la acción es propiedad de quién la posee.
  • Según el capital
    • Ordinarias: son aquellas que están desembolsadas mediante moneda.
    • Propias: son aquellas en las que, en contraprestación al pago, se admite una aportación en bienes.
    • Liberadas: la acción se emite con cargo a reservas por una parte, o, si están totalmente liberadas, en su totalidad.

Conceptos básicos relativos a las acciones

  • Valor nominal. Valor que tiene cada acción y que aparece en el título
  • Valor efectivo. Valor de mercado en el momento de la compraventa de una acción.
  • Valor de emisión. Si la empresa emite nuevas acciones puede ser que el valor tenga una prima de emisión; si es así, esta se deberá sumar al valor nominal de la acción.
  • Valor teórico contable. Valor de una acción según diversos criterios objetivos
  • Valor teórico después de la ampliación. Importe que se calcula para poder asignar un valor al derecho de suscripción.
  • Derecho de suscripción. Derecho preferente de los accionistas a suscribir nuevas acciones para quedarse con la misma proporción de capital de la empresa.
  • Renta y rentabilidad. Capacidad de un capital de producir una renta, se expresa mediante un porcentaje.

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