Sociedad Anónima vs. Sociedad Limitada: Diferencias Clave y Órganos de Gobierno

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Semejanzas y Diferencias Clave entre Sociedad Anónima (S.A.) y Sociedad Limitada (S.L.)

Ambas son sociedades capitalistas de responsabilidad limitada al capital aportado. En ambas, el capital se divide en partes, pero en la S.A. se denominan acciones, que son fáciles de transmitir, mientras que en la S.L. se llaman participaciones, y su transmisión es más complicada, ya que está limitada para mantener el control.

Las acciones de una S.A. se representan por títulos o anotaciones en cuenta para facilitar su negociación y venta. Por el contrario, en la S.L. las participaciones no pueden representarse por títulos ni ser negociables, lo que evita la entrada de personas ajenas a la empresa.

Así, la S.A. es una sociedad más abierta a la entrada de nuevos socios y capitales, mientras que la S.L. es más cerrada, ya que suele ser más adecuada para el ámbito familiar.

La S.L. es más apropiada para empresas pequeñas con pocos socios, donde la participación del socio en la gestión social es fundamental, a diferencia de la menor implicación del socio en la S.A.

La S.L. requiere un capital mínimo de iniciación y sus gastos de mantenimiento son menores. En contraste, la S.A. exige un capital elevado y numerosos accionistas, con un objetivo principal de crecimiento.

Órganos de Gobierno de una Sociedad Anónima (S.A.)

La Junta General de Accionistas

La Junta General de Accionistas es el órgano supremo de la sociedad, donde los accionistas participan para deliberar y decidir sobre los asuntos más importantes de la empresa.

Tipos de Juntas Generales:

  • Junta General Ordinaria: Se reúne para valorar la gestión de los administradores, aprobar las cuentas del ejercicio anterior y decidir sobre el reparto de beneficios.
  • Junta General Extraordinaria: Se convoca para tratar asuntos urgentes que requieran la aprobación de la junta general.
  • Junta Universal: Se produce cuando en una reunión de la junta general están presentes todos los accionistas.

El Consejo de Administración o Administradores

Es el órgano de gestión y representación de la sociedad. Sus miembros son elegidos por la Junta General de Accionistas.

Formas de Administración:

  • Administrador Único (Unipersonal): Una sola persona gestiona la sociedad.
  • Administradores Solidarios o Mancomunados: Varios administradores con diferentes modalidades de actuación.
  • Consejo de Administración: Un órgano colegiado, cuyos miembros son elegidos por la junta general, que gestionará y representará a la sociedad.

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