Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): Características, Requisitos y Beneficios Clave

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Características de la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)

  1. Es una sociedad mercantil.
  2. En caso de deudas por parte de la empresa, el socio o los socios solo tienen que responder por la cantidad de dinero que aportaron a la sociedad, limitando así su responsabilidad.
  3. Las participaciones sociales no son equivalentes a las acciones de las sociedades anónimas, dado que existen obstáculos legales para su transmisión.
  4. No tiene carácter de "valor" y no puede estar representada por medio de títulos o anotaciones en cuenta, siendo obligatoria su transmisión por medio de documento público que se inscriba en el libro registro de socios.
  5. Se constituye mediante escritura pública.
  6. Debe inscribirse en el Registro Mercantil.
  7. Una vez constituida y registrada, adquiere personalidad jurídica.
  8. La gestión y administración de la empresa se encarga a un órgano social. Este órgano directivo está formado por la Junta General y por los administradores.
  9. Cada uno de los socios tiene los siguientes derechos:
    • a) A participar en el reparto de beneficios y en el patrimonio de la sociedad en caso de liquidación.
    • b) De tanteo en la adquisición de las participaciones de los socios salientes.
    • c) A participar en las decisiones sociales y a ser elegidos como administradores.
    • d) De información en los períodos establecidos en las escrituras.
    • e) De obtener información sobre los datos contables de la Sociedad.
    • f) Los que se establezcan en su estatuto, siempre que sean compatibles con este tipo de sociedad.

Requisitos para la Constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)

La fundación de una Sociedad de Responsabilidad Limitada es un acto formal que exige los siguientes requisitos:

  1. El primer paso necesario para la constitución de una sociedad es obtener el Certificado de Denominación Social, con el que se acredita que no existe ninguna otra sociedad ya constituida que tenga la misma denominación social. Este certificado debe incorporarse a la escritura de constitución.

  2. Una vez obtenido el certificado, la sociedad debe constituirse mediante escritura pública, condición necesaria para el nacimiento de la sociedad, otorgada por todos los socios fundadores.

    Posteriormente, debe inscribirse en el Registro Mercantil. A partir de ese momento, la sociedad adquiere personalidad jurídica.

    Una de las menciones necesarias de la escritura son los estatutos, los cuales recogen normas de funcionamiento de la sociedad y también regulan los derechos y obligaciones de los socios. En los Estatutos se podrán incluir “todos los pactos y condiciones que los socios juzguen conveniente establecer, siempre que no se opongan a las leyes ni contradigan los principios configuradores de la sociedad de responsabilidad limitada”.

  3. El mismo día de la escritura, el notario solicitará un N.I.F. provisional para la sociedad, que se convertirá en definitivo cuando la sociedad se inscriba en el Registro Mercantil correspondiente.

Ventajas de Constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)

  • Se trata de un tipo de sociedad de relativa sencillez en cuanto a trámites administrativos, tanto en la constitución como en el funcionamiento.
  • No es necesario un mínimo de socios ni invertir un alto capital social.
  • La responsabilidad de los socios siempre estará limitada al capital aportado y a los bienes que se encuentren a nombre de la sociedad.

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