Sociedades Laborales y Cooperativas: Características y Diferencias Clave

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Sociedad Laboral

Constituye una modalidad de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada en la que los trabajadores son socios de la empresa. Pueden existir socios que no sean trabajadores, cuya relación laboral con la empresa sea por tiempo indefinido.

Características

  • Sociedad de capital dividido en acciones nominativas o participaciones sociales.
  • La sociedad se rige por la voluntad de los socios reunidos en la junta general y expresada por mayoría. El órgano de gestión y administración puede ser un consejo de administración, un administrador único o dos o más.
  • En caso de que hubiera un consejo de administración y existieran los dos tipos de socios, ambas clases tienen que estar representadas en ese órgano en proporción de sus aportaciones.
  • La forma de organización y administración de la sociedad y sus datos principales se recogen en sus estatutos. Estos, junto con las normas legales, son los que rigen la vida en la sociedad.
  • Al nombre de la sociedad debe añadirse la indicación de SAL o SLL.

Limitaciones Legales

Se establecen las limitaciones legales para las sociedades anónimas o sociedades de responsabilidad limitada, según la forma que revista la sociedad laboral, y además las siguientes:

  • Número mínimo de socios: 3.
  • Ninguno de los socios podrá poseer acciones o participaciones que representen más de la tercera parte del capital social.
  • El capital social debe pertenecer mayoritariamente a trabajadores con contrato por tiempo indefinido (mínimo del 50%).
  • En esta sociedad, el número de horas al año de los trabajadores que no sean socios no puede ser superior al 15%. Si bien podría ser el 25% en sociedades con menos de 25 socios.

Sociedad Cooperativa

Es una sociedad no mercantil que no pretende obtener lucro, sino satisfacer necesidades comunes de sus miembros. Es una forma comunitaria que implica la máxima integración entre propiedad y trabajo. Su objetivo es la realización de una actividad económico-social al servicio de sus socios.

Existen diversas clases de cooperativas, pero desde el punto de vista de la empresa, es la cooperativa de trabajo asociado la que puede tener cierta significación como organización empresarial. Este tipo de cooperativa es una asociación de trabajadores organizados en empresas o colectivamente para ejecutar tareas, obras o servicios para terceros.

Características

  • Sus socios, los cooperativistas, aportan el capital y realizan el trabajo. Su responsabilidad, limitada o ilimitada, puede ser libremente fijada por los socios, debiendo reflejarse en los estatutos.
  • En el nombre de la sociedad debe incluirse S. Coop., pero en este caso deberá aparecer nunca al comienzo de la denominación.
  • El capital está formado por las aportaciones de los cooperativistas, que estarán reflejadas en títulos nominativos, debiendo desembolsarse en un 25% como mínimo al constituirse la cooperativa.
  • En los estatutos se recogen la organización interna y los módulos de participación en el resultado de la gestión económica según las características laborales de los cooperativistas. La cooperativa se rige por la asamblea general, siendo el órgano de gobierno y de gestión el consejo rector, pero también puede haber un director encargado de los asuntos referentes a la actividad empresarial.

Limitaciones Legales

  • El número de socios cooperativistas no puede ser inferior a tres.
  • Existe una limitación en cuanto a la contratación de trabajadores que no sean socios.

Para conseguir sus fines, toda empresa necesita tener una organización.

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