Solución de Antinomias Jurídicas: Criterios de Jerarquía, Especialidad y Competencia
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Criterios para la Solución de Conflictos entre Normas (Antinomias)
En el ordenamiento jurídico pueden surgir contradicciones entre distintas normas, conocidas como antinomias. Para resolverlas, se aplican una serie de criterios:
Criterio de Jerarquía Normativa
En el Código Civil español se desarrolla el principio de jerarquía normativa, disponiendo que la ley ocupa un rango superior a la costumbre y esta, a su vez, a los principios generales del derecho. A su vez, el artículo 23.2 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado dispone el orden jerárquico de las disposiciones de derecho escrito de rango inferior a la ley.
Criterio Cronológico
Se expresa en la máxima lex posterior derogat anterior. Viene a indicar que, en caso de contradicción entre dos normas del mismo ordenamiento jurídico, la posterior debe prevalecer sobre la anterior. El artículo 2.2 del Código Civil señala que: «Las leyes solo se derogan por otras posteriores. La derogación tendrá el alcance que expresamente se disponga y se extenderá siempre a todo aquello que en la ley nueva, sobre la misma materia, sea incompatible con la anterior».
Este criterio constituye una consecuencia directa del carácter dinámico del ordenamiento jurídico, que posibilita la introducción permanente de nuevas normas.
Criterio de Especialidad
Comporta la aplicación preferente de la norma especial sobre la general. El carácter especial de la norma se determina en función de su menor extensión personal, material o espacio-temporal.
La razón de ser de las normas especiales radica en la consideración del mayor grado de justicia que se puede alcanzar a través de una regulación jurídica que tenga presente las peculiaridades personales, materiales o espaciales que puedan concurrir en el caso.
Criterio de Competencia
Prevé la aplicación prioritaria de una norma jurídica que entre en conflicto con otra cuando el propio sistema jurídico ha determinado la competencia de tal norma para la regulación del problema en cuestión o del género de problemas en que se ubique el mismo. Su fundamento radica en motivos de eficacia y de racionalidad en la distribución de las funciones que asume el sistema jurídico.
Conflictos entre los Criterios de Solución de Antinomias
Tienen lugar cuando la incompatibilidad que presentan dos normas puede resolverse aplicando dos o más criterios de solución y la hipotética aplicación de las mismas lleva a resultados de signo distinto.
- Conflicto entre criterio jerárquico y cronológico: Prevalece la aplicación del primero.
- Conflicto entre criterio cronológico y de especialidad: Plantea mayores problemas. Los jueces mantienen una actitud vacilante, inclinándose unas veces por la prevalencia del criterio cronológico y otras por la del de especialidad.
- Conflicto entre criterio jerárquico y de especialidad: La solución judicial tiende a privilegiar, en todo caso, al criterio jerárquico cuando de la aplicación del criterio de especialidad se derivan consecuencias notoriamente injustas.
- Conflicto entre criterio de competencia y cualquiera de los otros: Se aplica normalmente el de competencia.
Supuesto Particular: Normas Simultáneas del Mismo Rango
Un supuesto particular se presenta cuando la situación antinómica se produce entre dos normas del mismo rango jerárquico y extensión que se han incorporado a la vez al ordenamiento jurídico, dictadas por el mismo órgano en el ejercicio de una competencia reconocida, lo que imposibilitaría la aplicación de ninguno de los criterios referidos. Estos casos quedan a la libre decisión del juez, que habilitará normalmente el que proporcione la solución más justa.