Subasta Judicial: Procedimiento, Actores y Efectos Jurídicos
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Definición y Naturaleza de la Subasta Judicial
La subasta judicial es el procedimiento ordenado por el órgano jurisdiccional competente, a petición de parte interesada, que, a través de un martillero y por remate público, produce un desprendimiento no consentido por su titular de un derecho sobre un bien. Este bien es adquirido por otro sujeto de forma onerosa, y su precio está afectado al pago de los créditos y accesorios que dieron origen y justificación al procedimiento. Se busca, mediante esta definición, diferenciar la subasta (el procedimiento) de la venta (el negocio jurídico).
Los juicios que originan la subasta son aquellos derivados del proceso de ejecución de sentencia.
Quién Vende en la Subasta Judicial y Situación del Titular
¿Quién Vende en la Subasta Judicial?
- El órgano judicial, en representación del deudor, siendo la venta asimilable a la convencional.
- El órgano, en representación de los acreedores, quienes son los verdaderos vendedores.
- El Estado por sí, cumpliendo una etapa de la ejecución.
Situación del Titular del Bien Subastado
- No consiente la venta, es decir, no vende por su propia voluntad.
- No hay acuerdo de voluntades entre el titular del bien que se desprende y el sujeto que lo adquiere.
- El precio corresponde al deudor ejecutado, pero tiene un fin determinado: el de cubrir los créditos que originaron la ejecución. No obstante, el saldo, de existir, le pertenece al que fuera titular del bien rematado.
Características Clave de la Subasta Judicial
- No hay contrato de compraventa entre el titular y el adjudicatario, ya que por parte del primero no hubo consentimiento para el desprendimiento del derecho sobre el bien.
- Sin embargo, hay una adquisición derivada (porque reconoce un titular anterior) de carácter oneroso (se paga un precio en dinero) y válida.
- Hay un remate público, es decir, la adquisición de un bien al mejor postor por un martillero. Sin embargo, las condiciones del remate surgen de las normas procedimentales y son ordenadas por el órgano judicial.
- El precio obtenido pertenece al titular del bien subastado, pero se encuentra afectado al pago de los créditos y accesorios que surgen del proceso y de la ley. No obstante, se reitera que, de existir un saldo final, este le pertenece.