Sujetos y Elementos del Contrato Laboral
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Sujetos de la Relación Laboral
Los sujetos de la relación laboral son el trabajador y el empresario.
El Trabajador
Es una persona física que desempeña su labor voluntariamente bajo la organización y dirección del empresario, cediendo los frutos de su trabajo a cambio de un salario.
Pueden celebrar válidamente contratos de trabajo las siguientes personas:
- Las personas mayores de 18 años.
- Los menores de 18 años legalmente emancipados.
- Las personas mayores de 16 y menores de 18 si viven independientes o si tienen autorización de los padres o tutores. Se les prohíbe la realización de trabajos nocturnos.
- Los extranjeros, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación específica sobre la materia (permiso de trabajo y residencia).
El Empresario
Puede ser una persona física, jurídica o una comunidad de bienes. Son personas físicas los empresarios individuales, y personas jurídicas las sociedades en sus diversas clases.
Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo
- Consentimiento: El contrato se realiza de mutuo acuerdo entre las partes que intervienen.
- Objeto: Es la prestación de servicios, la actividad del trabajador que será remunerada.
- Causa: Es la cesión de los frutos que resulta del trabajo para el empresario, y la retribución del trabajador.
Forma, Contenido y Duración del Contrato
Forma del Contrato
El contrato puede ser escrito o de palabra. Todos los contratos deberán constar por escrito excepto el contrato indefinido y ordinario y el contrato eventual por circunstancias de la producción con una duración inferior a cuatro semanas y a tiempo completo.
Contenido Mínimo del Contrato de Trabajo
En todos los contratos deberá figurar como mínimo, la siguiente información:
- Lugar y fecha.
- Identificación de las partes.
- Denominación y categoría del puesto de trabajo.
- Lugar de trabajo.
- Tiempo de trabajo (jornada, horario, turno...).
- Duración, fecha de comienzo y periodo de prueba.
- Retribución, salario base y complementos salariales.
- Vacaciones.
- Plazo preaviso que deben respetar ambas partes en caso de recisión del contrato.
- Convenio colectivo que regula la relación laboral.
- Otras cláusulas que no vayan en contra de la ley.
- Firma de partes.
Cada vez es más frecuente que las empresas impongan, a la firma del contrato, determinadas cláusulas, como las de permanencia, no competencia, confidencialidad o plena dedicación. Mediante estas cláusulas quedan reflejadas las obligaciones legales que el trabajador asume. Estas cláusulas recogen las consecuencias que lleva consigo el incumplimiento de las mismas, en algunos casos, si se acredita, puede llegar al despido.
Duración del Contrato
La duración del contrato podrá concertarse por tiempo indefinido cuando no se fija una fecha determinada para su finalización, o de manera temporal cuando se realiza por una causa y duración determinada (sustituir a alguien).