Suspensión del Contrato Laboral: Causas y Duración

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Suspensión del Contrato Laboral por Diversas Causas

1. Incapacidad Temporal (IT)

Duración: 12 meses, prorrogables por otros 6 meses si se presume que durante ese tiempo el trabajador puede ser dado de alta por curación.

Cómputo: Desde el parte de baja médica.

2. Declaración de Incapacidad Permanente (IP) Susceptible de Revisión por Mejoría

Duración: 2 años.

Cómputo: Desde la fecha de la resolución que declare la incapacidad permanente.

3. Riesgo Durante el Embarazo

  • Periodo: El necesario para la protección de la seguridad o salud del feto y de la madre, siempre y cuando no pueda reincorporarse a su puesto o a otro compatible con su estado.
  • Finalización: Puede finalizar por el paso a la situación de suspensión por maternidad o por la desaparición de la imposibilidad de reincorporarse a su puesto o a otro compatible con su estado.

4. Paternidad por Nacimiento de Hijo

  • Duración: 13 días ininterrumpidos.
  • Ampliación: En caso de parto múltiple, 2 días más por cada hijo a partir del segundo.

5. Maternidad y/o Paternidad

  • Madre: 16 semanas.
  • Padre (por opción de la madre): Hasta 10 semanas, posteriores a las 6 semanas inmediatamente siguientes al parto.
  • Fallecimiento de la madre: El padre podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que reste del permiso.

6. Adopción o Acogimiento

  • Adoptado menor de 6 años: 16 semanas, ampliables en los supuestos de adopción o acogimiento múltiples en 2 semanas más por hijo.
  • Adoptado mayor de 6 años: 16 semanas no ampliables.

Cómputo: Desde la fecha de la decisión administrativa o judicial por la que se constituye la adopción o el acogimiento.

Disfrute: Ininterrumpido.

Adopciones internacionales: En adopciones internacionales que requieran desplazamiento al país de origen del adoptado, el disfrute puede iniciarse 4 semanas antes de la resolución por la que se constituye la adopción.

Cómputo (Adopción/Acogimiento): Desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o desde la resolución administrativa o judicial del acogimiento hasta que finalice la suspensión por interrupción.

7. Privación de Libertad

Duración: Hasta que exista sentencia absolutoria o condenatoria firme, o el trabajador sea puesto en libertad condicional.

8. Causas Económicas, Técnicas, Organizativas, de Producción o Fuerza Mayor

Cómputo:

  • Desde la decisión empresarial.
  • Causas económicas y asimiladas: El periodo suspensivo no se iniciará hasta que la empresa haga uso de la misma y comunique a los trabajadores afectados la suspensión de su contrato de trabajo.

9. Víctima de Violencia de Género

Duración inicial: No superior a 6 meses, prorrogables judicialmente por periodos de 3 meses, con un máximo de 18 meses.

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