Tanatoconservación y normativas para conservación, embalsamamiento y cremación de cadáveres
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Tanatoconservación
Investiga y utiliza métodos de preparación para mantener en condiciones adecuadas el cadáver, retardando por algún tiempo su descomposición, a fin de permitir su conservación, su exposición o su traslado a puntos lejanos.
- La Secretaría de Salud determinará las técnicas y procedimientos que deberán aplicarse para la conservación de cadáveres, en su artículo 349 de la Ley General de Salud.
1. Refrigeración
- Consiste en mantener el cadáver en gavetas frigoríficas a una temperatura constante de -18 °C (dieciocho grados bajo cero).
2. Preparación del cadáver
- La perforación y lavado de las vísceras abdominales y la inyección intraarterial de mezclas antisépticas y conservadoras a base de formol, alcohol, glicerina y nitrato de potasio para tratar de evitar la aparición de la flora y fauna cadavéricas.
3. Embalsamamiento
- Etimología: del latín in (en) y balsamum (bálsamo, resina aromática).
Son las diversas maniobras físicas, químicas y quirúrgicas dirigidas a la preservación del cadáver, con la finalidad de impedir su putrefacción y tratar de darle un mejor aspecto estético.
Tanatolegislación
- Se encarga de la obligatoriedad de las diferentes normas contempladas en las legislaciones que rigen las inhumaciones, exhumaciones, los tratados de cadáveres, cremaciones, trasplantes y donaciones de órganos.
a) Inhumación
Del griego in (dentro) y del latín humus (tierra).
Acción de sepultar un cadáver o sus restos, ya sea en tierra, en monumentos funerarios o en criptas. Cripta del griego kryptós (oculto).
b) Cremación
- Del latín cremare (quemar).
- Es la reducción de un cadáver a polvo mediante fuego directo o calor en hornos crematorios con fines higiénicos y de salud pública.
- En cambio, la incineración, del latín cinis (cenizas),
Es la reducción de desechos en general a cenizas por acción de calor.
En un horno crematorio, un cuerpo se crema aproximadamente en 2 horas, a una temperatura de 2 000 °C, quedando cenizas de 1 800 a 2 000 gramos.
c) Exhumación
- Acción de sacar un cadáver o sus restos de la sepultura para su traslado a otro destino (exhumación administrativa), para cumplir con un trámite legal (exhumación legal), o como un acto delictivo (exhumación clandestina).