Tasas, Precios Públicos y Tributos Parafiscales: Definiciones y Características
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Tasas: Definición y Características
Las tasas son una obligación legal y pecuniaria a favor de un ente público, en régimen de derecho público, cuyos destinatarios manifiestan una capacidad económica consistente en: la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público; o en la recepción de servicios o de actividades administrativas realizadas en régimen de derecho público, que se refieran, afecten o beneficien de modo particular a dichos destinatarios. (Art. 2.2 de la Ley General Tributaria).
Hecho Imponible de las Tasas
Las situaciones que constituyen el hecho imponible de las tasas son:
- Aprovechamientos especiales del dominio público.
- Prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público.
Para ser considerada una tasa y no un precio público, se debe cumplir con las siguientes condiciones:
- Que los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para las administraciones o que los bienes, servicios o actividades requeridas sean imprescindibles para la vida privada o social del solicitante.
- Que no se presten o realicen por el sector privado.
Su hecho imponible se vincula con la realización de una determinada actividad administrativa de servicios, de forma que el establecimiento de un servicio puede dar lugar al pago de una contribución especial y después su utilización dará lugar a una tasa, no como en las contribuciones especiales en que la actividad administrativa consiste en la realización de obras o establecimiento o ampliación de los servicios públicos.
Características de las Tasas
- Régimen jurídico: Potestativo y no obligatorio por parte de los entes públicos.
- Sujetos pasivos: Son los beneficiarios de la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público.
- Cuantificación: Se tiene en cuenta el valor del mercado, del coste real o previsible del servicio o actividad, o del valor de la prestación recibida.
- Los ingresos procedentes de las tasas no son afectados.
Ejemplos de tasas: derechos económicos, tarifas, cánones.
Clases de Tasas según el Ente Impositor
- Comunidades Autónomas (CCAA)
- Corporaciones Locales
- Estado
Precios Públicos: Definición y Características
Los precios públicos son contraprestaciones por los servicios y actividades que un ente público presta en régimen de derecho público, en concurrencia con el sector privado y mediante solicitud voluntaria de los interesados. Además, el servicio se debe prestar en concurrencia efectiva con el sector público.
Características de los Precios Públicos
- Régimen jurídico: Actúan investidos de sus poderes públicos de presunción de legalidad y de autoejecutividad de sus créditos.
- Su establecimiento no está sometido al principio de reserva de ley. Los precios públicos estatales se establecen por orden ministerial y los precios públicos locales, por el Pleno de la Corporación.
- Su cuantificación ha de hacerse cubriendo como mínimo el coste del servicio prestado.
- Coste > Ingreso = Precios políticos
- Coste = Ingreso = Precios públicos
Tributos Parafiscales: Antecedentes, Clasificación y Características
Las exacciones parafiscales surgieron por unas leyes que posteriormente se trasladaron a la Constitución. Son prestaciones patrimoniales coactivas que se rigen por la ley, pertenecen al sector público y no se integran en los Presupuestos Generales del Estado. Son tributos con forma de financiación tipo impuesto o tipo tasa. Estos impuestos se obtienen fuera de las administraciones públicas.
Características de los Tributos Parafiscales
- Prestaciones patrimoniales coactivas de carácter tributario aprobadas por la ley.
- Pertenecen al sector público.
- Afectan a un ente concreto.
- Eliminan el carácter tributario.
- Estos entes gestores tienen interés público.
- La cuantificación tiene que hacerse por una norma jurídica.
La parafiscalidad es fiscalidad a todos los efectos. Un ejemplo son las cotizaciones sociales, como parafiscalidad especial, ya que se acogen a leyes especiales y no a leyes fiscales generales.