La Temporalidad Humana y los Fundamentos de los Derechos Universales
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La Experiencia de la Temporalidad Humana
1. Tiempo Vivido
(1) Tiempo vivido. Los seres humanos somos temporales: nuestra vida comienza cuando nacemos y se acaba cuando morimos. (2) Entre un punto y otro, estamos en un constante proceso de cambio: nos pasan cosas y vamos haciendo cosas. (3) Es el tiempo de nuestra historia personal, aquello que llamamos “identidad narrativa” y que, una vez contada, da pie a nuestra biografía.
(4) Vivimos siempre en el presente, pero este pierde su sentido si percibimos que no tenemos futuro o si olvidamos completamente nuestro pasado. (5) Los filósofos de la Grecia clásica tenían tres divinidades para representar el tiempo y cada una de ellas recogía parte de esa experiencia de la temporalidad que tenemos:
- Cronos: el tiempo como algo medido, como sucesión de momentos.
- Kairós: el momento, la oportunidad.
- Eón: un largo período de tiempo, o el completo ciclo vital del ser humano.
2. Tiempo Medido
(6) Tiempo medido. La humanidad ha tenido siempre una especial preocupación por medir el tiempo, por ofrecer una medición lo más exacta y precisa del paso del tiempo con la que poder organizar la vida social. (7) La primera medida del tiempo, los días y las horas, la proporcionan los ritmos diarios (circadianos): noche y día. (8) Las semanas, meses y años vienen medidas por el ritmo solar, con distintas estaciones, que es universal. (9) Las épocas o períodos constituyen una medida menos precisa pero también importante.
Fundamentos y Desafíos de los Derechos Humanos
(1) Los derechos humanos son especialmente importantes porque son ideales morales, valores que deben regir la conducta y guiar la redacción de las leyes. Además, se convierten en criterios para evaluar el desarrollo de la humanidad. Hay dos grupos de derechos:
Clasificación de los Derechos
- (2) Derechos civiles y políticos: (3) hacen referencia a la libertad de los individuos, al imperio de la ley, a la igualdad ante la ley y a la participación en la vida política.
- (4) Derechos sociales, económicos y culturales: (5) siguen siendo más bien ideales o principios reguladores de la acción política. (6) Pero no son “justiciables”, es decir, un ciudadano no puede acudir a los tribunales para exigir su cumplimiento.
Responsabilidad Estatal y Problemáticas Actuales
(7) También se debe prestar atención a colectivos que seguían padeciendo situaciones de discriminación relacionadas directamente con su condición (etnia, sexo, discapacidad...). (8) El Estado es responsable de que se respeten esos derechos, pero con frecuencia es el propio Estado el primero en no respetarlos.
(9) Los derechos humanos afrontan serios problemas: definición de sus contenidos y alcance; consecuencias prácticas de las declaraciones de derechos; carácter universal y fundamentación última. (10) No pueden reducirse a normas jurídicas puestas bajo la protección de la burocracia. (11) Deben empapar la cultura y la vida cotidiana de los ciudadanos.