Teoría del delito y sus presupuestos en el derecho penal

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Resumen

El documento explica la teoría del delito: su concepto según el Código Penal Federal y Francisco Carrara, sus funciones y las principales teorías sobre su estructura. Después desarrolla los presupuestos del delito, es decir, los conceptos jurídicos previos al hecho, como la norma penal, el bien jurídico tutelado, la imputabilidad y los sujetos activo y pasivo.

Puntos clave

  • El delito es todo acto u omisión que sancionan las leyes penales (art. 7 CPF).
  • Francisco Carrara define el delito como infracción de la ley del Estado, resultante de un acto externo del hombre, imputable y dañoso.
  • La teoría analítica o estratificadora descompone el delito en aspectos positivos y negativos.
  • Los presupuestos del delito son conceptos jurídicos que deben existir antes de la ejecución del hecho delictivo.
  • El bien jurídico tutelado es un interés que el Estado debe proteger y que debe ser lesionado o puesto en peligro para que exista delito.
  • La imputabilidad es la capacidad psíquica de comprender la naturaleza de la conducta (art. 9 CPF).

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Teoría del Delito

El Código Penal Federal (CPF) en su artículo 7 define el delito como todo acto u omisión que sancionan las leyes penales.

Funciones de la Teoría del Delito

  1. Conocer con exactitud cuál conducta es delictiva y cuál es la pena aplicable.
  2. Garantizar que solo la conducta que se adecue exactamente a la ley pueda ser penada, sin exceder los límites de la ley.

Francisco Carrara lo define como: "infracción de la ley del Estado, promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos, resultante de un acto externo del hombre, positivo o negativo, imputable y dañoso" que implica fuerza moral (voluntad inteligente) y fuerza física (movimiento corporal o ausencia). Art. 28 Código Procesal Penal (CPCo).

Delito: Hecho culpable, antijurídico, típico y punible.

Teorías sobre la Estructura del Delito

  • Unitaria/totalizadora: El delito no debe analizarse por partes, debe ser entendido como un todo, incluyendo la norma y la sanción.
  • Analítica/estratificadora: El delito se compone de elementos:
    • Aspecto positivo: actividad, tipicidad, antijuridicidad, imputabilidad, culpabilidad, condición objetiva, punibilidad.
    • Aspecto negativo: falta de acción, ausencia de tipo, causas de justificación, causas de inimputabilidad, causas de inculpabilidad, falta de condición objetiva, excusas absolutorias.

Evolución de la Teoría del Delito

  • Modelo/sistematización clásica: Se basa en la fuerza física y moral.
  • Sistema causalista:
    • Causalismo natural: Relación causa-efecto entre la conducta, el resultado, el dolo y la culpa.
    • Causalismo valorativo: Se centra en el reproche al proceso psicológico del autor para que la sanción sea acorde al mismo.
  • Sistema finalista: (Hans Welzel) Pone el acento en la intención del autor y no en el resultado, siendo este último irrelevante para la configuración del delito.
  • Sistema funcionalista: Analiza la función de la pena y el delito en el Derecho Penal.
  • Modelo lógico: Entiende los delitos como fórmulas.

Los Presupuestos del Delito

Concepto

Son conceptos jurídicos que deben existir previamente a la ejecución del hecho delictivo.

Clases de Presupuestos

  • Generales: Comunes a todos los delitos (tipos normales y anormales).
  • Especiales: Relativos a cada delito en particular.

Presupuestos del Delito

  • Norma y tipo penal: La norma penal comprende el bien jurídico tutelado (BJT), el tipo y la pena. El tipo penal es la parte medular de la norma, la conducta descrita por la ley como delictiva, ya que protege al BJT.
  • Bien jurídico tutelado (BJT): Para que exista un delito se necesita que se lesione o ponga en peligro un BJT preexistente. Son normas de cultura, patrimonio, moral, etc. que el Estado debe proteger para que el individuo pueda vivir en sociedad y existen independientemente del Estado.
  • Imputabilidad: Condición indispensable para poder estar en posibilidad de imponer una pena. Se refiere a las condiciones psíquicas que requiere la ley para poder imputar responsabilidad penal a una persona. El artículo 9 del CPF establece: "Es penalmente responsable quien tiene la capacidad para comprender la naturaleza de la conducta que realiza".
  • Sujeto activo: Persona física que realiza la conducta delictiva.
  • Sujeto pasivo: Víctima del delito, titular del bien jurídico afectado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el delito según el Código Penal Federal?

Según el artículo 7 del Código Penal Federal, el delito es todo acto u omisión que sancionan las leyes penales.

¿Qué es un presupuesto del delito?

Son conceptos jurídicos que deben existir previamente a la ejecución del hecho delictivo. Se dividen en generales, comunes a todos los delitos, y especiales, propios de cada delito.

¿Qué establece el artículo 9 del CPF sobre la responsabilidad penal?

Establece que es penalmente responsable quien tiene la capacidad para comprender la naturaleza de la conducta que realiza.

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Test

1. Según el artículo 7 del Código Penal Federal, ¿qué es el delito?
2. ¿Qué define Francisco Carrara como infracción de la ley del Estado?
3. ¿Qué son los presupuestos del delito?
4. ¿Qué es el bien jurídico tutelado?
5. ¿Qué establece el artículo 9 del CPF sobre la responsabilidad penal?
6. ¿Quién es el sujeto pasivo del delito?

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