Teoría de la Motivación y Tipos de Contratos Laborales

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Teoría de la Motivación

La Teoría de Maslow sobre la Motivación

Para Maslow, la motivación depende de cómo estén satisfechos los cinco tipos de necesidades que tienen las personas. Estas necesidades están jerarquizadas en función de su capacidad para motivar y se pueden representar en forma de pirámide.

  • Fisiológicas: En principio, el individuo estará solamente motivado por sus necesidades más primarias.

  • De seguridad: Una vez satisfechas las necesidades básicas, comenzará a sentirse motivado por la seguridad del empleo.

  • Sociales: La persona buscará el afecto de sus compañeros y jefes.

  • Estima: Luego, querrá el reconocimiento y respeto de compañeros y jefes.

  • Autorrealización: Finalmente, pasará a buscar la realización de sí mismo y el desarrollo de todo su potencial.

Solo cuando se satisfacen las necesidades inferiores, surgen gradualmente las necesidades más elevadas como factor de motivación.

La Teoría de Herzberg sobre la Motivación

La principal aportación de Herzberg es la identificación de dos grandes grupos de factores que influyen en la motivación:

  1. Factores que pueden generar insatisfacción: Ciertas características de un puesto de trabajo son necesarias para que se mantenga cierto nivel de satisfacción. Estos factores son el salario, la seguridad en el puesto de trabajo, las condiciones de trabajo, los procedimientos de la empresa, la calidad de la supervisión técnica y la calidad de las relaciones interpersonales. Estos factores suponen los requisitos mínimos para que no se produzca insatisfacción en los trabajadores, y representan, las exigencias mínimas que debe cumplir la empresa.

  2. Factores motivadores: Incluyen el logro, el reconocimiento, el contenido del propio trabajo, la responsabilidad, el progreso y el crecimiento personal.

    La conclusión de Herzberg es que los factores mínimos deben estar garantizados para que no exista insatisfacción, y que, una vez cubiertos estos mínimos, la motivación debe centrarse en factores de niveles más elevados.

Tipos de Contratos Laborales

El contrato de trabajo: es un acuerdo de voluntades mediante el cual una persona con capacidad legal para trabajar se obliga a realizar personal y voluntariamente un trabajo por cuenta ajena, bajo la organización y dirección de otra, a cambio de una remuneración.

Tipos de Contrato de Trabajo

  1. Contratos indefinidos: Son contratos sin límite de duración y jornada completa. El más frecuente es el contrato de trabajo común u ordinario. El estado ofrece a las empresas incentivos para potenciar estos contratos y también para contratar personas con dificultades de acceso al mercado laboral.

  2. Contratos de duración determinada: Este grupo de contratos se caracteriza porque su duración está limitada por diversas circunstancias, como la sustitución de un trabajador hasta que se incorpore de una excedencia o baja temporal (contrato de sustitución), el tiempo que dura una obra o servicio (contrato por obra o servicio) o el aumento transitorio de la producción de una empresa (contrato eventual por circunstancias de la producción).

  3. Contratos a tiempo parcial: En ellos el trabajador se compromete a realizar un número de horas inferior al habitual. Pueden ser temporales o de duración indefinida. Cuando alguien se jubila parcialmente y pasa a trabajar menos horas, existe la modalidad de contrato por jubilación parcial y para quien sustituye a la persona que se jubila parcialmente, está el contrato de relevo.

  4. Contratos formativos: Están pensados para adquirir experiencia y formación.

    • El contrato en prácticas: Su finalidad es formar a la persona que ya posee los conocimientos teóricos necesarios pero carece de la experiencia laboral. Solo se pueden realizar durante los 5 años siguientes a la terminación de los estudios y el puesto de trabajo debe estar relacionado con esos estudios cursados. Su duración máxima es de dos años y nunca inferior a seis meses.

    • El contrato para la formación y aprendizaje: Está pensado para personas entre 16 y 21 años que carecen de estudios y de experiencia laboral. Su duración mínima es de seis meses y la máxima, de dos años. La empresa se obliga a facilitar formación teórica y práctica, y al menos un 15% de la jornada debe dedicarse a la formación.

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