Teorías y Conceptos Clave del Derecho Administrativo
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Teorías Fundamentales del Derecho Administrativo
Existen cinco teorías principales sobre el concepto de derecho administrativo:
- En relación al régimen jurídico de la administración pública: Esta teoría depende de la acepción de administración pública, que, de modo material, se refiere a la actividad o función de cualquier poder del estado. De modo formal restringido, se refiere al poder ejecutivo y poder administrativo. De modo formal amplio, incluye los órganos con funciones administrativas más el poder ejecutivo como órgano superior, del cual depende el resto.
- En relación al poder ejecutivo: Se define como el régimen que regula su función y administración.
- En relación a los servicios públicos: Comprende las normas y principios de derecho público y de aplicación concreta a la institución y funcionamiento de los servicios públicos, así como al consiguiente control jurisdiccional del poder administrativo.
- En relación a la administración pública en sentido material: Es el conjunto de normas y principios que rigen y regulan el ejercicio de la función administrativa.
- En relación a la administración pública mixta: Según la define Torré, es la que rige y regula la actividad administrativa pública en general, así como la estructura y funcionamiento de todo órgano destinado a realizar funciones administrativas y las relaciones entre dichos órganos y los administrados.
Instituciones Clave del Derecho Administrativo
Entre las principales instituciones se encuentra el acto administrativo, el cual debe diferenciarse del acto de administración y del hecho administrativo. El acto administrativo es toda declaración de la autoridad estatal en función de atribuciones que produce efectos en los administrados.
Diferencias entre Acto Administrativo, Acto de Administración y Hecho Administrativo
El acto de administración produce consecuencias dentro de un ámbito generalmente más limitado que el del acto administrativo. Es un hecho administrativo meramente interno de la administración pública, como un memo.
El hecho administrativo es la ejecución material del acto administrativo.
Responsabilidad del Estado
Como regla general, el estado debe hacerse responsable por los daños que ocasionen sus actos administrativos, ya que actúa como persona jurídica pública. En cuanto a los actos de administración en su función como persona jurídica pública, la regla general es NO, salvo en las sentencias donde la regla es SI. En caso de que un dependiente del estado cause un daño, la regla general es que SI responde. Ahora, en su ejercicio como persona jurídica privada, la regla también es que SI responde, ya que se contrata de igual a igual.