Teorías de la Pena en el Derecho Penal: Retribucionismo y Prevención General
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Teorías Retribucionistas de la Pena
Las teorías retribucionistas atienden al sentido de la pena como compensación del mal causado por el delito, es decir, el mal que supone la pena. No toman en consideración ninguna finalidad concreta o útil más allá de la propia retribución. Se basan en la idea de que el delincuente, al cometer un delito, debe recibir el mal que se merece como compensación por el daño causado.
Conciben el delito como una rebelión moral contra el orden jurídico establecido, justificando la retribución tanto moral como jurídica. En la actualidad, no es frecuente encontrar en la doctrina penal opiniones puramente retribucionistas que consideren la pena como un fin en sí misma.
Ejemplo de Teoría Retribucionista
Un claro ejemplo es la postura de Immanuel Kant, quien defendía la idea de que el castigo es un imperativo moral: si alguien comete un crimen, debe recibir un castigo equivalente, sin importar las consecuencias sociales de esa sanción. La pena se justifica por el mero hecho de la comisión del delito, como una exigencia de justicia.
Teorías Relativas de la Pena: La Prevención General
En contraste con las teorías retribucionistas, las teorías relativas conciben la pena como un medio para lograr un fin útil. Su propósito no es tanto realizar justicia en un sentido absoluto, sino proteger a la sociedad, actuando como un instrumento de prevención. En este sentido, algunas corrientes sugieren que la pena puede contribuir a educar a las personas, aunque sea de forma indirecta, a través de una intervención sociopedagógica que refuerza el respeto por el ordenamiento jurídico.
Concepto de Prevención General
La prevención general busca evitar comportamientos socialmente indeseables mediante la amenaza y la ejecución de una sanción legal. Su objetivo es incidir sobre la comunidad para que los ciudadanos aprendan a respetar las prohibiciones legales y se abstengan de infringirlas.
Prevención General Negativa vs. Positiva
Dentro de la prevención general, se distinguen dos vertientes:
- La prevención general negativa se basa en la intimidación y el miedo. Busca disuadir a potenciales delincuentes a través de la amenaza de la pena, haciendo que el costo de infringir la ley sea demasiado alto. Es importante destacar que esta vertiente puede llevar a la imposición de penas excesivamente rigurosas, que a menudo exceden la medida de culpabilidad del infractor.
- La prevención general positiva, por otro lado, se enfoca en el asentamiento de la conciencia social de la norma, la ratificación de su vigencia y el fomento de una actitud de respeto por el Derecho. No busca intimidar, sino reafirmar la validez del ordenamiento jurídico y la confianza de los ciudadanos en su aplicación. En contraste con la negativa, la positiva aboga por penas más moderadas, que buscan reafirmar el ordenamiento jurídico sin caer en el exceso punitivo.
Efectos de la Prevención General Positiva según Roxin
El jurista Claus Roxin otorga a la prevención general positiva tres efectos fundamentales:
- Efecto de aprendizaje: Se hacen presentes unas reglas básicas cuyo incumplimiento ya no puede tolerarse, reforzando el conocimiento y la aceptación de las normas.
- Efecto de confianza: El ciudadano percibe que el Derecho se aplica y que el sistema jurídico funciona, lo que fortalece su fe en el ordenamiento.
- Efecto de pacificación: Si se produce un hecho criminal, se resuelve por medio de la intervención estatal, lo que contribuye a restaurar la paz pública y la estabilidad social.