Texto conflictivo
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Las personas juridicas son: agrupaciones de individuos o bns que persiguen la realizacion de un fin determinado, fin que los individuos por si solo no podrian alcanzar.
Destacando que las personas juridicas poseen existencia propia, unos derechos y obligaciones diferentes a los que posee a titulo particular cada uno de sus miembros
Teoria negativa: no hay mas personas que las personas naturales, y no admiten la existencia de personas colectivas.
Personas juridicas de derecho publico ( municipalidades , fisco , etcc)
Personas juridicas de derecho privado: personas con fns de lucro y sin fines de lucro las que persiguen fines de lucro se llaman coorporaciones (art 2053cc) estas pueden ser civies y comerciales
Son comerciales las que se han formado para realizar actos de comercio
Son civiles las del art 2053. sociedad o compañía es un contrato en donde 2 o mas personas
Estipulan poner algo en comun, con la mira de repartir entre si los beneficios que de ellos provengan.
La sociedad forma una persona juridica distinta de los socios individualmente considerados.
Sn fnes de lucro: Coorporaciones. Formadas por un cierto numero de individuos asociados para la realizacion de un fin comun no lucrativo, es necesario que la personalidad sea concedida por el presidente de la republica, o bien, que se le haya concedido por ley
Fundaciones: constituidas por un conjunto de bns destinados a un fin general establecido por el fundador .
Finde las personas juridicas: las de derecho publico se terminan por ley
Las de derecho privado hay q distinguir: Las con fns de lucro: (sociedades) se terminan por algunas de las causales establecidas en el pacto social, o por causas legales./ Las sin fns de lucro : se terminan por decreto supremo que els cancele la ps j° y terminan aun contra la voluntad de sus miembros cuando se han desviado de sus fines, o son contrarios al orden publico o a la seguridad del estado, las coorporaciones tambien pueden terminan por reducirse el n° de miembros a punto que haga imposible el cumplimiento de sus fines y en el caso de las fundaciones en caso que de desapariciemiento o extincion de sus bns.
Teoria realista: sostienen que ademas de las perosnas fisicas, existen otras entidades reales que son personas juridicas. (voluntad social) que se independiza de cada uno de sus integrantes de la sociedad, surguiendo como un elemento autonom, es decir, las personas colectivas tienen una existencia real, que esta dada por la existencia de una voluntad social.
Teoria de la ficcion: savigny. Las personas juridicas son entes ficticios creados en forma artificial y son capaces de tener patrimonio
Por razones de utilidad, suponer la existencia de entidades que no son seres humanos como soporte de derechos y obligaciones. *el cc sigue la teoria de la ficcion. Art 545 .
Nombre: sirve para individualizar a la persona en la vida juridica. Se compone de 2 elemntos.
1er: nombre propiamente tal . individualiza a la persona dento del grupo familiar
2do: nombre patronimico. Designa a los miembros que pertencen a un grupo familiar determinado *el nombre se adquiere por filiacion.
El ofcial de registro civil podra openerse a la inscripcion de un nombre y si el solicitante insiste deben remitirse los antecedentes al juzgado de letras quien resolvera si el nombre propuesto es comprendido o no en la prohibicion
El nombre no es inmutable y la ley autoriza su cambio cuando (nombre y/o apellido)
Cuando estos sean ridiculos, risibles o menoscaben la moral o materialmente a una persona o cuando la persona haya sido conocida durante por mas de 5 años, por motivos plaisibles con nombres o apellidos o ambos diferentes de los propios.
Domicilio>
art 60) El domicilio politico es relativo al territorio del estado en general, el q lo tiene o adquiere se es o hace miembro de la sociedad chilena aunque conserve la calidad de extranjero.
(art 61) El domicilio civil es relativo a una parte determinada del territorio del estado.
(art 62) El lugar donde un individuo esta de asiento o dende ejerce habitualmente su profesion u oficio, determina su domicilio civil o vecindad .
Determinar el domicilio de una persona tiene importancia para materias como: det la competencia del tribunal, efectos sucesorios, ley que se aplica al respecto al territorio
sancion>Eduardo garcia maynes: la consecuencia juridica que q el incumplimienton de un deber produce en relacion con e obligado.
Según este autor se debe distinguir entre
La sancion: es la consecuencia normativa del incumplimiento
La coacodigo civilion: consiste en la aplicación practica de la sancion contemplada en la norma
Cumplimiento forzado: consiste en obtener la observancia del deber infringido, es decir, se trata de obligar al infractor a cumplir con el deber contenido en la norma.
Se requiere de titulos ejecutivos, para que el acreeder exija el cumplimiento de la obligacion.
Indemnizacion de perjuicios: es una forma de cumplimiento por equivalencia del deber contenido en una norma juridica
En uno u otro caso tendra lugar la indemnizacion de perjuicio
Lo que se indemniza son los daños
El cc distingue distintos tipos de daños .
Daño emergente: es el perjuicio economico o patrimonial efectivo que sufre una persona como consecuencia de un incumplimiento
Lucro cesante: es la perdida de la ganancia esperada, cierta y posible, es decir, lo que se dejo de ganar como consecuencia del incumplimiento.
El codigo civil no lo menciona expresamente , pero se indemniza tbn el daño moral q es el daño patrimonia que lesiona la integridad de una persona.
EL CASTIGO Y SU JUSTIFICACION: existen dos corrientes
Corriente utilitarista: La mayor felicidad para el mayor n ° posible de personas.
El castigo tiene por finalidad prevenir los delitos.
Esta justificacion se traduce en la practica en que el castigo tiene por finalidad prevenir los delitos .
Doctrina del retribucionismo: (kant) sostiene que el hombre debe ser siempre tratado como un fin, no como un medio, lo que hace que el utilitarismo es precisamente tratar al hombre como un medio para poder prevenir otros delitos, poniendo al delicuente como un ejemplo ante la sociedad.
El retribucionismo no busca un castigo socialmente util, sino un cstigo justo, el castigo que el criminal merece y q tiene derecho a recibir.
El criminal tiene derecho a q se le imponga una pena justa y no una mayor.