Tipos de contrato y cláusulas en Derecho Civil

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Tipos de contrato

  • Según su formalización

    • Contrato Privado: sin notario (alquiler/arrendamientos...)
    • Contrato Público: con notario (compra-venta o compra de un piso)
  • Según sus obligaciones

    • Contratos unilaterales: La obligación recae toda sobre una persona (cesión de piso)
    • Contratos bilaterales: La obligación recae sobre 2 o más personas (compra-venta)
  • Según el beneficio

    • Contratos gratuitos: Beneficio solo para una de las partes (cesión objeto)
    • Contratos onerosos: el beneficio para las dos partes que intervienen (compra-venta)
  • Según su existencia

    • Contratos principales: Existe por sí mismo (compra-venta)
    • Contratos accesorios: Existe en función de la celebración de otro contrato que es el principal (hipoteca)
  • Según su legislación

    • Contratos típicos: Los tiene previstos la ley. Están regulados
    • Contratos atípicos: no tienen una regulación específica

Cláusulas en un contrato

Las cláusulas de un contrato de compra-venta son los acuerdos a los que se llega y que deben ser cumplidos por ambas partes. Las cláusulas que deben aparecer en un contrato son:

  • Identificación de la cosa u objeto del contrato: Lo que se vende/compra.
  • Precio de la cosa: por lo que se vende/compra.
  • Lugar de la entrega: Dónde se entrega el objeto.
  • Forma y lugar de pago: Cómo se paga (cheque, plazos, contado...)
  • Declaración de saneamiento de evicción y vicios ocultos: lo que se vende es propiedad del vendedor y no daños.
  • Responsabilidad de los gastos derivados del contrato: se ha de especificar quién paga los gastos de envío, tramitación...
  • Reconocimiento del carácter del contrato y su legislación: Código Civil, Código Mercantil.
  • Aceptación de las autoridades judiciales territoriales: si hay algún tipo de problema, se someterá bajo un tribunal específico.

Contrato de compraventa a plazos

El contrato de compraventa a plazo es el acuerdo por el cual la parte vendedora se compromete a entregar la cosa u objeto del contrato a cambio de dinero, o signo que lo represente que la parte compradora pagará fraccionalmente.

Características

  • Están regulados por ley.
  • La cosa/objeto del contrato debe ser un bien mueble (una casa) no consumible e identificable.
  • La contraprestación ha de ser un precio concreto cuyo plazo se aplace al menos 3 meses desde la celebración del contrato.
  • Se formalizará por escrito y debe inscribirse en el registro de ventas a plazos.

Contrato de compraventa: 1. De una parte... 2. Que pactan... Marca:... La vendedora declara... -la vendedora declara... -la compradora abandonará -Será pagado... -El precio... 4 firma 5 fecha

Contrato de suministro

El suministrador se compromete a entregar al suministrado cosas susceptibles de ser pesadas, medidas o contadas, de forma periódica según las necesidades del suministrado (luz, agua...)

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