Tipos de Contratos Comerciales y Rurales: Un Vistazo Esencial
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Contrato de Depósito
El depositante, quien es el dueño, entrega una cosa cierta y determinada, que puede ser o no consumible. El depositario se obliga a guardarla, conservarla y restituirla en las mismas condiciones en que se entregó, cobrando un importe por el tiempo de custodia.
Contrato de Franquicia
El franquiciante otorga el uso de su marca y los conocimientos técnicos (know-how) y formales al franquiciado. Este último está obligado a pagar un canon inicial y posteriores, calculados como un porcentaje sobre las ventas.
Contratos Agropecuarios o Rurales
Son aquellos que regulan la relación comercial entre el propietario de un predio y quien lo explota. Pueden ser:
Arrendamiento Rural
El objeto del contrato es la cesión por parte del arrendador del uso y goce de su campo, para que el arrendatario lo destine a la explotación agrícola. El arrendatario pagará un canon en dinero o un porcentaje de la cosecha.
Contrato de Mediería
Partes intervinientes: mediero dador y mediero tomador. Ambas partes administran conjuntamente la explotación y se reparten las ganancias al 50%. Ambos aportan animales en iguales cantidades.
Contrato de Pastaje
El propietario de un inmueble rural se compromete a recibir ganado de un tercero para que se alimente de su pastura. El propietario del ganado se compromete a pagar un precio en dinero por cabeza y por día.
Contrato de Pastoreo
Partes intervinientes: arrendador y arrendatario. El objeto es la cesión de uso y goce del predio con destino exclusivo al pastoreo de animales.
Contrato de Aparcería Rural
En este contrato, las partes intervinientes son el aparcero dador y el aparcero tomador. El objeto del contrato es la cesión de uso y goce del campo.
Características Principales:
- El aparcero dador aporta los implementos, maquinarias, semillas o la hacienda (en caso de explotación ganadera).
- El aparcero tomador destinará el predio a la explotación agrícola e informará al dador sobre la evolución de la misma.
- La distribución de las ganancias es del 50% para cada parte.
- El aparcero dador tiene derecho a inspeccionar el campo.
- El aparcero tomador debe dedicarse a la gestión de la explotación.