Tipos de Contratos Laborales: Características y Estipulaciones Clave
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Tipos de Contratos Laborales
Contrato Individual: Convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente; este a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquel a pagar por estos servicios una remuneración. Características del contrato: bilateral, oneroso, consensual, principal, nominado, conmutativo y dirigido. Escrito en 2 ejemplares y firmado por ambas partes.
Contrato Indefinido
Su duración no está definida con anticipación, pudiendo extenderse.
Contrato a Plazo Fijo
Su duración es conocida con antelación y termina por vencimiento del plazo.
Contrato por Obra
La duración está ligada a la ejecución de un trabajo o servicio determinado. Concluido esto, termina el contrato.
Estipulaciones Mínimas de un Contrato
- Lugar y fecha
- Individualización de las partes (nombre, RUT, fecha de ingreso)
- Especificar la naturaleza del trabajo y el lugar o ciudad donde se prestará
- Monto, forma y periodo de pago de la remuneración acordada
- Duración y distribución de la jornada de trabajo
- Plazo del contrato, desde... hasta...
- Demás pactos que acuerden las partes
Jornada de Trabajo (Ordinaria)
Consiste en el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato.
- Duración: La jornada no debe exceder las 45 horas semanales.
- Distribución: No más de 6 ni menos de 5 días. En ningún caso, las jornadas ordinarias diarias podrán exceder las 10 horas.
No quedan excluidos de esta limitación:
- Trabajadores que presten servicios a distintos empleadores
- Gerentes o administradores
- Los que trabajan sin fiscalización inmediata
- Los contratados para trabajar en su propio hogar
- Agentes comisionistas y de seguros, vendedores viajeros, cobradores y demás similares que no ejerzan su trabajo en el local o establecimiento (no tienen derecho a horas extraordinarias)
- Personal de hoteles, restaurantes o bares, tales como camareras, garzones, supervisores, botones, coperos, lavaplatos (todos ellos quedan sujetos a una jornada semanal de 60 horas, hasta 12 horas diarias con descanso de una hora, imputable a la jornada, Art. 27).
Algunos quedan sujetos a las 45 horas:
- Personal de administración de hoteles
- Recepcionistas
- Personal de lavandería, lencería, cocina y similares