Tipos de Contratos Laborales: Características y Estipulaciones Clave

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Tipos de Contratos Laborales

Contrato Individual: Convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente; este a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquel a pagar por estos servicios una remuneración. Características del contrato: bilateral, oneroso, consensual, principal, nominado, conmutativo y dirigido. Escrito en 2 ejemplares y firmado por ambas partes.

Contrato Indefinido

Su duración no está definida con anticipación, pudiendo extenderse.

Contrato a Plazo Fijo

Su duración es conocida con antelación y termina por vencimiento del plazo.

Contrato por Obra

La duración está ligada a la ejecución de un trabajo o servicio determinado. Concluido esto, termina el contrato.

Estipulaciones Mínimas de un Contrato

  • Lugar y fecha
  • Individualización de las partes (nombre, RUT, fecha de ingreso)
  • Especificar la naturaleza del trabajo y el lugar o ciudad donde se prestará
  • Monto, forma y periodo de pago de la remuneración acordada
  • Duración y distribución de la jornada de trabajo
  • Plazo del contrato, desde... hasta...
  • Demás pactos que acuerden las partes

Jornada de Trabajo (Ordinaria)

Consiste en el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato.

  • Duración: La jornada no debe exceder las 45 horas semanales.
  • Distribución: No más de 6 ni menos de 5 días. En ningún caso, las jornadas ordinarias diarias podrán exceder las 10 horas.

No quedan excluidos de esta limitación:

  • Trabajadores que presten servicios a distintos empleadores
  • Gerentes o administradores
  • Los que trabajan sin fiscalización inmediata
  • Los contratados para trabajar en su propio hogar
  • Agentes comisionistas y de seguros, vendedores viajeros, cobradores y demás similares que no ejerzan su trabajo en el local o establecimiento (no tienen derecho a horas extraordinarias)
  • Personal de hoteles, restaurantes o bares, tales como camareras, garzones, supervisores, botones, coperos, lavaplatos (todos ellos quedan sujetos a una jornada semanal de 60 horas, hasta 12 horas diarias con descanso de una hora, imputable a la jornada, Art. 27).

Algunos quedan sujetos a las 45 horas:

  • Personal de administración de hoteles
  • Recepcionistas
  • Personal de lavandería, lencería, cocina y similares

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