Tipos de Contratos Laborales y Condiciones en España
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Contratos
Contrato de Obra o Servicio
Contrata: Descentralización productiva: Tipo contractual en virtud del cual la empresa contratista asume la obligación de realizar una obra o servicio determinados a favor del empresario principal, que asume a su vez la obligación de pagar por ello un precio.
Subcontrata: Acuerdo contractual por el que un contratista o titular de un encargo de contrata encomienda a otro contratista la ejecución de determinadas obras o servicios que forman parte del encargo productivo más complejo que el que se ha comprometido a realizar.
Duración del Período de Prueba
- Empresas con más de 25 trabajadores: Salvo que el convenio colectivo disponga otra cosa, el período de prueba no podrá exceder de 6 meses para técnicos titulados, ni de 2 meses para los demás trabajadores.
- Empresas con menos de 25 trabajadores: El período de prueba no excederá de 3 meses para trabajadores no cualificados.
La situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, maternidad o paternidad interrumpen el cómputo del período de prueba siempre que se produzca acuerdo entre ambas partes.
Contrato de Trabajo Indefinido
Aquel en el que no se fija término final predeterminado, las partes desconocen a priori cuál será la duración de la relación laboral. Esto en nuestro Derecho se entiende como una garantía de estabilidad del trabajador en su empleo.
Contratos de Duración Determinada
Para realizar una obra o servicio determinado, de interinidad, eventual por circunstancias de la producción. En los tres casos el contrato se concierta para atender la actividad temporal de la empresa. Su régimen jurídico lo desarrolla el Real Decreto 2720/1998.
Jornada Laboral y Salario
Límites de la Jornada de Trabajo
- Anual: La jornada máxima anual se estima en 1826 horas (promedio de 40 horas semanales con descuento de las vacaciones, descansos y festivos).
- Semanal: La duración máxima de la jornada de trabajo es de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
- Diario: La duración máxima de la jornada diaria será de 9 horas de trabajo efectivo (8 horas en los menores de 18 años), salvo que por convenio o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario, respetando en todo caso el descanso entre jornadas.
Estructura del Salario
Salario base (por unidad de tiempo/obra/mixtos) + complementos (personales, en función del trabajo realizado) + gratificaciones extraordinarias + consolidación del salario.
Extinción del Contrato
Causas de Extinción
- Desaparición o incapacidad de alguna de las partes.
- Voluntad concurrente de las partes.
- Decisión unilateral del trabajador.
- Decisión unilateral del empleador.