Tipos de Contratos Laborales y su Duración
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Tipos de Despido
Dependiendo del tipo de despido, habrá remuneración o no, según lo acordado en el contrato:
- Despido nulo (no legal)
- Despido improcedente
- Despido objetivo
Contratos de Trabajo de Duración Determinada
Según el Art. 15, un contrato de duración determinada establece una relación laboral entre el empresario y el trabajador por un tiempo definido. Debe formalizarse por escrito, salvo excepciones en contratos eventuales. La temporalidad de estos contratos se justifica por el trabajo objeto de la contratación, por lo que es necesario que concurra causa justa en cada modelo de contrato.
Categorías de Contrato Temporal
- Por el objeto de su contratación
- Por su función formativa
- Por su finalidad para el fomento del empleo
- Contratos especiales (deportistas profesionales)
Los contratos temporales tienen una duración máxima de 24 meses.
Tipos de Contratos Temporales
- Contrato por obra o servicio: para la realización de una obra o prestación de servicio. Se formaliza por escrito y su duración máxima es de 3 años, pudiendo ampliarse hasta 12 meses por convenio colectivo.
- Contratos eventuales por circunstancias de la producción: se realizan para atender circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos. Suelen ser todos escritos, salvo excepciones. Su duración es de 6 meses dentro de un periodo de referencia de un año, pudiendo aumentar 6 meses más. Con la finalización del contrato, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado.
- Contrato por interinidad: se formaliza para sustituir a un trabajador con reserva del puesto de trabajo o por cobertura de vacante. Siempre por escrito, en principio la jornada será completa. La duración será la del trabajador sustituido o, en caso de cobertura de vacante, lo que dure el efecto de la misma.
Contratos Formativos
Su objetivo es favorecer la inserción profesional.
Tipos de Contratos Formativos
- En prácticas: para que el trabajador obtenga práctica profesional. Se requiere titulación universitaria, grado profesional o superior, y que el contrato se celebre dentro de los 5 años siguientes a la obtención del título. El modelo oficial es por escrito. La jornada podrá ser completa o parcial, y la duración mínima es de 6 meses y máxima de 24 meses.
- Contrato para formación y aprendizaje: para la obtención de una cualificación profesional en régimen de alternancia. Dirigido a mayores de 16 años y menores de 25 años. Se formaliza mediante un modelo oficial del SEPE. La duración mínima es de 1 año y máxima de 3 años.
Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial
Se acuerda para realizar la prestación de servicios durante un número determinado de horas al día, al mes o al año. Siempre será por escrito y su duración puede ser indefinida o determinada. La extinción del contrato dependerá de si es indefinido o de duración determinada.